Micelio
Sentencia de Tutela15 de enero de 2001

T-004 de 2001

Ponente Martha Victoria Sáchica Méndez

Demandante Jorge Alvaro Correa Vs. Empresa Mecanizados Y Motores S.A.

Tema · dato duro
Derecho A La Salud. Programacion Y Realizacion Intervencion Quirurgica. Pago Aportes A Seguridad Social Por Empleador. Prestacion Servicios Medicos Asistenciales A Afiliados De Empresa En Liquidacion Obligatoria. Concecida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Vida En Condiciones Dignas Y Justas
  • Práctica de cirugía por EPS
  • Dolor
Entidad Promotora De Salud
  • Debe realizar cirugía por encontrarse el empleador en proceso de liquidación obligatoria
  • No se practica cirugía por mora en aportes de empresa en liquidación
  • Responsabilidad subsidiaria en protección de la salud del trabajador
Proceso De Liquidacion Obligatoria
  • Pago oportuno y completo de salarios, prestaciones sociales y seguridad social
Acción De Tutela
  • Protección preventiva y no sólo en caso de gravedad
Empleador
  • Asunción de responsabilidad por no pago de aportes en salud
Empresa En Liquidacion
  • Mora en aportes a seguridad social en salud
7 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E:
  3. Primero. CONFIRMASE la sentencia proferida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, el catorce (14) de junio de dos mil (2000), mediante la cual se concedió el amparo del derecho a la salud del actor, pero en los términos descritos en la parte motiva de esta providencia. En consecuencia, ADICIÓNESE dicho fallo en el sentido de ORDENAR al Seguro Social E.P.S., Seccional Cundinamarca, que en el término de diez (10) días contados a partir de la fecha de notificación de la presente providencia, programe y realice la intervención quirúrgica requerida por el actor.
  4. Segundo. ORDENASE a la empresa Mecanizados y Motores S.A. en liquidación obligatoria, a través del señor Liquidador de la misma y bajo el control y vigilancia de la Superintendencia de Sociedades y el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, inicie las gestiones administrativas y financieras necesarias para pagar al Seguro Social E.P.S., Seccional Cundinamarca, los aportes que por concepto de Seguridad Social se le adeuden.
  5. Tercero. Líbrense por Secretaría las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.