C-974 de 2001
Ponente Alvaro Tafur Galvis
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Ratificación o adhesión
- Conocimiento de acusación, derecho a ser oído y contradicción de pruebas
- Designación de autoridad central
- Igualdad, libertad y libre determinación de asociados
- No restricción de compromisos bilaterales anteriores y prácticas favorables a observar
- Obligación de cooperar con Estados en la realización de los fines esenciales
- Ratificación
- Ratificación de Convención por miembros
- Reglas comunes de asistencia penal entre miembros
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 636 de 2001.
Convencion interamericana sobre asistencia mutua en materia penal.
Protocolo facultativo relativo a la misma.
Tramite legislativo.
Cooperacion.
Principio de no intervencion y libre determinacion de los pueblos.
Debido proceso.
Juez legal.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 636/01. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. Declarar EXEQUIBLES la "CONVENCION INTERAMERICANA SOBRE ASISTENCIA MUTUA EN MATERIA PENAL" suscrita en Nassau, Bahamas el 23 de mayo de 1992 y el "PROTOCOLO FACULTATIVO RELATIVO A LA CONVENCION INTERAMERICANA SOBRE ASISTENCIA MUTUA EN MATERIA PENAL", suscrito en Managua, Nicaragua, el 11 de junio de 1993.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE la LEY 636 del 4 de enero de 2001 por medio de la cual se aprobaron los mencionados instrumentos.
- Tercero. Ordenar la comunicacion de la presente sentencia al Presidente de la Republica y al Ministerio de Relaciones Exteriores, para los fines previstos en el numeral 10o del articulo 241 de la Constitucion Politica.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.