Providencias que la citan
Estas providencias invocan a C-933/06 en su argumentación. · 64 en total.
Volver a la ficha de C-933/06Control De Constitucionalidad Del Protocolo De Enmienda Al Acuerdo Latinoamericano De Coproduccion Cinematografica
Control De Constitucionalidad Del Tratado De Libre Comercio Con El Salvador, Guatemala Y Honduras Y Canjes De Notas De Correccion De Anexo Del Capitulo Relativo Al Trato Nacional Y Acceso De Mercancias
Control De Constitucionalidad Del Convenio De Cooperacion Tecnica Y Cientifica Entre El Gobierno De La Republica De Colombia Y El Gobierno De La Republica Dominicana
Control De Constitucionalidad Del Estatuto Migratorio Permanente Entre Colombia Y Ecuador
Control De Constitucionalidad Del Convenio De Intercambio Cultural, Educativo Y Deportivo Entre El Gobierno De La Republica De Colombia Y El Gobierno De La Republica De Eslovenia
Control De Constitucionalidad Del Acuerdo De Promocion Comercial Entre La Republica De Colombia Y Los Estados Unidos De America
Control De Constitucionalidad De Estatutos Del Consejo Iberoamericano Del Deporte Cid
Justicia Penal Militar-Investiga Y Sanciona Delitos Relacionados Directamente Con La Función Militar O Policial
Control De Constitucionalidad Del Segundo Protocolo De La Convención De La Haya De 1954 Para La Protección De Los Bienes Culturales En Caso De Conflicto Armado
Control De Constitucionalidad Del Convenio Entre Colombia Y El Gobierno De La Federacion De Rusia Sobre Cooperacion Y Asistencia Mutua Entre Las Autoridades Aduaneras
Control De Constitucionalidad Del Acuerdo Entre La Republica De Colombia Y El Reino De España Para La Promocion Y Proteccion Reciproca De Inversiones
Concurso De Notarios. Gradualidad, Sectorización, Realización Por Círculos Notariales O Categorización De Los Concursos No Afecta La Estructura De La Carrera Notarial Ni Implica Restricción
Revision Constitucional De La Ley 1082 De Julio 31 De 2006 Por Medio De La Cual Se Aprueba El Convenio Entre El Reino De España Y La Republica De Colombia Para Evitar La Doble Imposicion Y Prevenir La Evasion Fiscal En Materia De Impuesto Sobre La Renta Y Sobre El Patrimonio Y Su Protocolo Firmados En Bogota D.C. El 31 De Marzo De 2005. Caracteristicas Del Control Que Ejerce La Corte Constitucional A Los Tratados Internacionales Y A Las Leyes Aprobatorias De Los Mismos. Revision Formal De La Ley Aprobatoria. Analisis Sobre El Cumplimiento De Los Requisitos Constitucionales Aplicables Al Tramite Legislativo Surtido Por El Proyecto. Analisis Sobre El Cumplimiento Del Requisito Establecido En El Ultimo Inciso Del Articulo 160 Constitucional. Durante El Tramite Ante La Comision Segunda De La Camara De Representantes Se Incurrio En Un Vicio De Tramite Suficiente Para Afectar La Exequibilidad De La Ley Que Se Analiza. Subsanacion Del Defecto Advertido. Devuélvase A La Presidencia De La Camara De Representantes La Ley 1082 De 2006y Concédase A La Comision Segunda Constitucional Permanente De La Camara De Representantes El Termino De 30 Dias En Sesiones Ordinarias Para Que Subsane El Vicio Detectado Y Una Vez Sancionada La Ley Se Remita A La Corte Para Decidir Sobre Su Exequibilidad
Revisión Constitucional De La Ley 1072 Del 31 De Julio De 2006, Por Medio De La Cual Se Aprueba La Enmienda Al Articulo 1º De La Convencion Sobre Prohibiciones O Restricciones Del Empleo De Ciertas Armas Convencionales Que Puedan Considerarse Nocivas O De Efectos Indiscriminados, Adoptada En La Segunda Conferencia De Examen De Los Estados Parte En La Convencion En Ginebra, Suiza. La Revision Formal De La Ley. Remision De La Ley Aprobatoria Y Del Tratado Por Parte Del Gobierno Nacional. Negociacion Y Celebracion Del Tratado. Tramite Realizado En El Congreso De La Republica Para La Aprobacion De La Ley 1019 De 2006. Analisis De Constitucionalidad Del Tramite Dado Por El Congreso A La Ley 1072 De 2006. Incumplimiento Del Requisito Del Anuncio Previsto En El Articulo 160 De La Constitucion Politica. Reiteracion De Jurisprudencia En Torno A Lo Ocurrido En El Tercer Debate En La Comision Segunda De La Camara De Representantes. La Corte Procedera A Devolver A La Presidencia De La Camara De Representantes La Ley 1072 De 2006, Con El Fin De Que Disponga Lo Pertinente Para Que Se Subsane El Vicio Advertido. Devuélvase La Ley A La Presidencia De La Camara De Representantes Para Que Se Subsane El Vicio De Procedimiento Señalado En La Providencia Y Concédase Treinta Dias Para Que Se Subsane El Vicio Detectado