C-541 de 2008
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Forma válida de manifestación de consentimiento de un estado en obligarse
- Control por vicios de procedimiento
- Control material
- Declaraciones interpretativas y reservas
- Características
- Cumplimiento de requisitos y trámite legislativo
- Incumplimiento constituye vicio insubsanable
- Incumplimiento por cuanto en los anuncios no se cumplió la exigencia de precisión o determinabilidad de la fecha de debate y votación del proyecto
- Incumplimiento por indeterminación de fecha de debate y votación
- Exigencia de iniciar trámite en el Senado de la República
- No sujeto a procedimiento especial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revision constitucional de la ley 1160 de septiembre 26 de 2007, "por medio de la cual se aprueban los estatutos del consejo iberoamericano del deporte (cid), firmados en la ciudad de montevideo, republica oriental del uruguay, el 4 de agosto de 1994".<br>competencia de la corte constitucional en materia de tratados y de leyes aprobatorias de tratados.
La revision formal de la ley aprobatoria.
Remision de la ley aprobatoria y del acuerdo por parte del gobierno nacional.
Negociacion y celebracion del acuerdo.
Aprobacion presidencial.
Tramite realizado en el congreso de la republica para la formacion de la ley 1160 de 2007.
Tramites en el senado y camara de representantes.
Analisis sobre el cumplimiento de los requisitos constitucionales aplicables al tramite legislativo surtido por este proyecto.
La ausencia de anuncio de la votacion cumplida en este caso ante la comision segunda del senado.
Cabe anotar que el proyecto de ley, no obstante ser anunciado en varias ocasiones sucesivas, no fue efectivamente debatido y votado en ninguna de las fechas que en cada uno de estos casos se anuncio.
En esa medida, resulta imposible tener por cumplido el requisito del anuncio, pues no hubo en realidad ninguno que de manera precisa, o al menos determinable, se refiriera a la fecha del miercoles 25 de octubre de 2006, dia en el cual finalmente tuvo lugar el debate y votacion de este proyecto en la comision segunda constitucional del senado de la republica.
De acuerdo con ello, ningun anuncio amparo validamente esa votacion, hecho que frente al texto del ultimo inciso del articulo 160 superior y a la jurisprudencia que a ese respecto ha sostenido esta corporacion, constituye un vicio de inconstitucionalidad, que afecta a partir de ese momento la exequibilidad del correspondiente tramite legislativo.
Por lo anterior, esta corte debera declarar la inexequibilidad de la ley 1160 de 2007.<br>inexequible
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1160/07. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declarar INEXEQUIBLE la Ley 1160 de 2007 por la cual se aprueban los "Estatutos del Consejo Iberoamericano del Deporte (CID)", firmados en la ciudad de Montevideo, Republica Oriental del Uruguay, el 4 de agosto de 1994".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.