Micelio
Sentencia de Constitucionalidad17 de septiembre de 2002Sala Plena

C-756 de 2002

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Gustavo Antonio Viveros Ganem

Tema · dato duro
Juez De Primera Instancia En Justicia Penal Militar De La Policia Nacional. Requisito De Ser Abogado Titulado
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Administracion De Justicia
  • Idoneidad profesional
Sentencia De Inexequibilidad Diferida
  • Improcedencia atendiendo información de autoridad pública
Tribunal Superior Militar En Policia Nacional
  • Requisitos especiales
  • Requisitos exigidos para magistrado
Carrera Militar
  • Idoneidad profesional para administrar justicia
Juez De Primera Instancia En Justicia Penal Militar De La Policia Nacional
  • Requisito de ser abogado titulado
  • Requisitos especiales
Sentencia De Constitucionalidad
  • Improcedencia de aclaración por sentencia posterior
10 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Decreto 1791 de 2000.

Arts. 35 num. 1 y 33.

Carrera del personal de oficiales nivel ejecutivo suboficiales y agentes de la policia nacional.

Requisitos para el desempeño de cargos en la justicia penal militar.

Magistrado de tribunal superior militar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 1791/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 33Decreto 1791/00EXEQUIBLE
Art. 35Decreto 1791/00INEXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarar INEXEQUIBLE la expresión "En este caso no se requiere ser abogado titulado" contenida en el numeral 1º del artículo 35 del Decreto Ley 1791 de 2000.
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLE el artículo 33 del Decreto Ley 1791 de 2000, respecto de los cargos formulados en la presente demanda.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.