Micelio
Sentencia de Constitucionalidad18 de noviembre de 2015Sala Plena

C-705 de 2015

Ponente Myriam Avila Roldán

Demandante Jorge Hernan Gil Echeverry·Demandado Ley 1579 De 2012

Tema · dato duro
Registro Público De Documentos. Actas De Conciliación Mediante Escritura Pública.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Actos, Titulos Y Documentos Sujetos A Registro
  • Carencia de certeza en el cargo de inconstitucionalidad
Estatuto De Registro De Instrumentos Publicos
  • Actos, títulos y documentos sujetos a registro
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el parágrafo 1º del artículo 4º de la Ley 1579 de 2012, por la cual se expide el estatuto de registro de instrumentos públicos y se dictan otras disposiciones.

Considera el demandante que la norma acusada vulnera los artículos 158, 116, 228, 13 y 153 de la Constitución.

Considera la Corte que la interpretación literal, sistemática e histórica permite concluir que de la disposición demandada no se desprende, en modo alguno, la obligación de elevar a escritura pública el acta de conciliación.

Indica, que su validez y eficacia se produce inmediatamente es suscrita por las partes y el conciliador y, que una vez ello ocurre, hace tránsito a cosa juzgada y presta mérito ejecutivo según las normas vigentes en la materia.

Al encontrar que el cargo formulado carece de certeza, la Sala decide declararse INHIBIDA para decidir de fondo, por ineptitud sustantiva de la demanda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1579/12. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 4oLey 1579/12INHIBITORIO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (20 puntos)
  1. INHIBIRSE para decidir de fondo respecto del paragrafo 1o del articulo 4o de la Ley 1579 de 2012, por ineptitud sustantiva de la demanda.
  2. MARIA VICTORIA CALLE CORREA
  3. Presidente (E)
  4. MYRIAM AVILA ROLDAN
  5. Magistrada (E)
  6. LUIS GUILLERMO GUERRERO PEREZ
  7. Magistrado
  8. GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO
  9. Magistrado
  10. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  11. Magistrada
  12. JORGE IVAN PALACIO PALACIO
  13. Magistrado
  14. JORGE IGNACIO PRETELT CHALJUB
  15. Magistrado
  16. ALBERTO ROJAS RIOS
  17. Magistrado
  18. LUIS ERNESTO VARGAS SILVA
  19. Magistrado
  20. MARTHA SACHICA MENDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.