C-700 de 2004
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias de derecho de rango constitucional
- Insistencia en constitucionalidad por las cámaras
- Términos
- No constituyen un veto sino una facultad del Gobierno
- Facultad de objeción por el Gobierno
- Sanción presidencial
- Término para objeción por el Gobierno
- Distinción
- Alcance
- Presupuestos de procedibilidad
- Formulación extemporánea
- Declaración de infundada por extemporaneidad
- Pronunciamiento de la Corte a pesar de su extemporaneidad al nacer a la vida jurídica
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Proyecto de ley 121 de 2002 senado de la republica- 258 de 2003 camara de representantes art. 3 (p.).
Crea el sistema de identificacion e información de ganado bovino.
Contratación de la administración del sistema con fedegan en cuanto a su ejecución
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 121/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. Por cuanto las objeciones presidenciales fueron presentadas de manera extemporanea, debe la Corte Constitucional INHIBIRSE de decidir sobre las presentadas por el Gobierno frente al articulo 3deg (parcial) del proyecto de ley No. 121 de 2002 - Senado de la Republica - 258 de 2003 - Camara de Representantes - "Por medio del cual se crea el sistema de identificacion e informacion de ganado bovino".
- Segundo. DEVOLVER a la Presidencia de la Republica el proyecto de ley en referencia, para que de conformidad con lo dispuesto en los articulos 165 y 166 de la Constitucion, el mismo sea sancionado y promulgado.
- Tercero. En caso de que el Presidente de la Republica no sancione el proyecto en mencion, este debera ser sancionado por el presidente del Congreso de la Republica conforme a lo establecido en el articulo 168 de la Constitucion.
- Notifiquese, copiese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.