C-683 de 1996
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Jaime Enrique Lozano
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Garantías constitucionales
- Protección de derechos
- Vulneración de derechos
- Incompetencia
- Aviso publicitario estatal
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 1199/87. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. Declarar EXEQUIBLES el artículo 1º del Decreto 1199 de 1987 incorporado como legislación permanente por el artículo 1º del Decreto 2271, así como los incisos primero,
- segundo. y
- tercero. del artículo 64 del Decreto 2790 de 1990 modificado por el artículo 1º del Decreto 099 de 1991 incorporado como legislación por el Decreto 2271 de 1991, artículo 4º y en la forma como aparecen transcritos en el apartado II de esta sentencia y bajo las consideraciones en ella contenidas.
- Segundo. Declararse INHIBIDA en relación con el artículo 89 del Decreto 2110 de 1992.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.