Micelio
Sentencia de Constitucionalidad16 de septiembre de 2009Sala Plena

C-637 de 2009

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Gonzalo Rodrigo Paz Maecha Y Otros·Demandado Ley 599 De 2000 Articulo 289

Tema · dato duro
Falsedad En Documento Privado. Conducta Descrita En Tipo Penal Comprende Tanto La Falsedad Ideológica Como La Material
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Suprema De Justicia
  • Labor interpretativa del alcance de tipo penal
  • Labor interpretativa refuerza carácter inclusivo de tipo penal de falsedad en documento privado
  • Labor interpretativa no vulnera competencia del legislador
Falsedad Ideologica En Documentos Publicos
  • Constituye un delito especial
  • Justificación de tratamiento diferenciado
Falsedad Ideologica
  • Sólo predicable de documentos llamados a ser verdaderos
  • Concepto
Principio De Legalidad En Tipo Penal De Falsedad En Documento Privado
  • No se vulnera por la omisión de la expresión "ideológica" que se entiende comprendida en su texto
Derecho Viviente En Materia De Falsedad Ideologica En Documento Privado
  • Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia no ofrece reparo alguno
Falsedad En Documento Privado
  • Conducta descrita en tipo penal comprende tanto la falsedad ideológica como la material
  • Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia en la que se considera que la falsedad ideológica está comprendida en el tipo penal
Falsificacion De Documentos
  • Alcance del concepto
Principio De Legalidad En Tipo Penal
  • No se vulnera cuando falta de expresión no afecta precisión jurídica ni disminuye su nivel de certeza
Principio De Legalidad Penal
  • Descripciones legales claras y precisas
  • Reserva de ley
15 temas · 22 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Acumulación de demandas formuladas contra la Ley 599 de 2000 artículo 289, la norma acusada regula la falsedad en documento privado, el demandante considera vulnerados el artículo 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 29 de la Constitución, el cargo formulado es el siguiente, vulneración del principio de legalidad por indeterminación en la descripción del delito de falsedad en documento privado, no se precisa si limita la falsedad material o si abarca también la falsedad ideológica.

La Corte entra a resolver dos puntos si el delito de falsedad ideológica en documento privado está incluido en el tipo penal del artículo 289 del Código Penal y de estarlo, si tal hecho resulta respetuoso del principio de legalidad constitucional, en cuanto al primer punto encuentra que la falsedad en documento privado admite las modalidades material e ideológica, y la falta de mención de la expresión “ideológica” no afecta su precisión jurídica ni disminuye su nivel de certeza en detrimento del requerimiento de la legalidad de la conducta, respecto al segundo punto la Sala considera que la norma acusada no es vulneratoria del principio de legalidad del delito y de la pena, pues existe certeza, refrendada por la jurisprudencia pertinente, sobre la conducta que la ley penal considera antisocial.

Exequible. <br> <br>

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 599/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 289Ley 599/00EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Declarar EXEQUIBLE el articulo 289 de la Ley 599 de 2000, por el cargo analizado en la presente sentencia.
  2. Notifiquese, comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.