C-602 de 2000
Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Demandante Miguel Gustavo Neira Rueda
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conformación
- Elección de directores
- Afiliación
- Facultad de elección preferente
- Inscripción y afiliación
- Matrícula o inscripción y afiliación
- Conformación de órganos
- Elección de directores por afiliados
- Intervención de inscritos en dirección
- Naturaleza jurídica
- Matrícula
- Matrícula o inscripción y afiliación
- Deberes
- Elección de representantes y directivos
- Afiliación
- Ambito subjetivo
- Asociados y no asociados
- Participación y exclusión
- Núcleo esencial
- Objeto de la actividad social
- Relación con afiliación y no con inscripción
- Afiliación
- Elección de representantes y directivos
- Elección de directores por inscritos
- Sujetos
- Asociación entre comerciantes
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Dec. 410/71.
Art. 81.
Comerciantes inscritos en las camaras de comercio.
Exequible.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 410/71. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLE la expresión "Sin embargo, cuando una cámara de comercio tenga más de trescientos comerciantes inscritos en el registro mercantil, la elección de los directores que le correspondan se hará por los comerciantes afiliados, siempre que el número de éstos sea superior al diez por ciento del total de inscritos. El gobierno determinará a cada cámara, el porcentaje de afiliados que se requerirá para la elección, en proporción al número total de inscritos, de modo que dicho porcentaje sea suficientemente representativo de éstos", del artículo 81 del Decreto-ley 410 de 1971 "por el cual se expide el Código de Comercio".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.