C-458 de 2004
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Jorge Alberto Jurado Murillo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Expedición de una ley y sujeción del Ejecutivo
- Atribución de competencia al Congreso que el Presidente de la República debe ejecutar
- Competencias del Congreso y el Presidente de la República
- Inexistencia de una asignación dual de la misma competencia respecto del legislador y el Ejecutivo
- Concurrencia de distinto modo y sucesivamente del legislador y el Ejecutivo
- No puede ser ad hoc para cada uno de los casos
- Función ejecutora y no reguladora
- Expedición de una ley y sujeción del Ejecutivo
- Decisión en forma concreta o determinada por el Congreso
- Función del Ejecutivo consiste en ejecutar la decisión concreta o determinada del Congreso
- Contenido
- Razones por las cuales textos acusados se estiman violados
- Incumplimiento del requisito de claridad en los cargos
- Función del Ejecutivo se ejerce de conformidad con la ley
- Deber de especificación por el Congreso
- Ejercicio de competencia por el Congreso de manera concreta o específica
- Corresponde al Congreso decisión concreta
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 489 de 1998.
Art. 52.
Organización y funcionamiento de entidades del orden nacional.
Constitucion politica.
Art. 189 nums. 15 y 16.
Supresion disolucion y liquidacion de entidades u organismos administrativos nacionales.
Rama legislativa y ejecutiva.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 489/98. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- DECLARARSE INHIBIDA para pronunciarse sobre la constitucionalidad del Art. 52 de la Ley 489 de 1998, por ineptitud sustantiva de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.