Micelio
Sentencia de Constitucionalidad25 de junio de 1997Sala Plena

C-314 de 1997

Ponente Hernando Herrera Vergara

Demandante Reynaldo Vargas Guevara

Tema · dato duro
Dec. 1211/90. Arts. 185188 Y 195 Parciales. Dec. 1212/90. 174 Parc. Dec. 1213/90. 131 Y 132 Parc. Dec. 1410/90. 81 Parc. Pensiones Viudas De Los Militares. Exeq. Ver. <a Href=../1997/C-182-97.Rtf> C-182/97</A>.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 1213/90. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 131Decreto 1213/90INEXEQUIBLE
Art. 132Decreto 1213/90INEXEQUIBLE
Art. 174Decreto 1212/90INEXEQUIBLE
Art. 185Decreto 1211/90EXEQUIBLE
Art. 188Decreto 1211/90INEXEQUIBLE
Art. 195Decreto 1211/90ESTARSE A LO RESUELTO
Art. 2Decreto 1211/90INEXEQUIBLE
Art. 81Decreto 1214/90INEXEQUIBLE
8 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E :
  3. Primero. ESTESE a lo resuelto en la Sentencia C-182 de 1997 de la Corte Constitucional que declaró inexequibles las expresiones demandadas en el inciso 1o. del artículo 188 del Decreto 1211 de 1990, del inciso 1o. del artículo 174 del Decreto 1212 de 1990 y del inciso 1o. del artículo 131 del Decreto 1213 de 1990.
  4. Segundo. ESTESE a lo resuelto en la Sentencia No. 134 de 1991 de la Corte Suprema de Justicia que declaró exequible la expresión "legítimo" consagrada en el literal d) del artículo 185 del Decreto 1211 de 1990.
  5. Tercero. Declarar EXEQUIBLES los apartes demandados del literal d) del artículo 185 del Decreto 1211 de 1990, salvo en la expresión "legítimo" de conformidad con lo señalado en el numeral anterior, así como de los segmentos acusados del literal d) del artículo 132 del Decreto 1213 de 1990.
  6. Cuarto. ESTESE a lo resuelto en la Sentencia No. 134 de 1991 de la Corte Suprema de Justicia que declaró la exequibilidad de la totalidad del inciso 2o. del artículo 188 del Decreto 1211 de 1990 y del parágrafo del artículo 195 del mismo Decreto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.