Micelio
Sentencia de Constitucionalidad5 de agosto de 2020Sala Plena

C-292 de 2020

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Revision De Constitucionalidad Del Decreto Legislativo 551/20

Tema · dato duro
Exención Temporal De Iva A Importación De Ciertos Elementos Y Mecanismos De Prevención, Protección Y Atención De La Pandemia De Covid19.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Control Constitucional De Decreto Legislativo De Estado De Emergencia Economica, Social Y Ecologica
  • Exequibilidad
  • Juicio de necesidad
  • Juicio de no contradicción específica
  • Juicio de no discriminación
  • Juicio de proporcionalidad
  • Juicio de conexidad material
  • Juicio de motivación suficiente
  • Juicio de incompatibilidad
  • Juicio de finalidad
  • Juicio de ausencia de arbitrariedad
  • Juicio de intangibilidad
Estados De Excepcion
  • Carácter reglado, excepcional y limitado
  • Control político y control jurídico
Legislador Extraordinario
  • Facultad para establecer nuevos tributos o modificar los existentes
Precedente En Decretos Legislativos
  • Pertinencia para resolver problema jurídico
Estado De Emergencia Económica, Social Y Ecológica Derivado De La Pandemia Por Covid 19
  • Exequibilidad del Decreto Legislativo 417 de 2020
  • Juicio de constitucionalidad
Constitucion Politica De 1991
  • Establece tres clases de estados de excepción
Estado De Emergencia Economica, Social Y Ecologica, O De Grave Calamidad Publica
  • Características
  • Competencias del Congreso de la República
16 temas · 32 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Control automático e integral de constitucionalidad del Decreto Legislativo 551 de 2020, por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.

La Corte encontró que la precitada disposición cumple con los requisitos formales y materiales de validez y, en tal sentido, declaró su XEQUIBILIDAD, salvo el artículo 1º que lo declaró EXEQUIBLE DE MANERA CONDICIONADA, en el entendido de que las medidas tributarias estarán vigentes durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social y dejarán de regir al término de la siguiente vigencia fiscal, salvo que el Congreso, durante el año siguiente, les otorgue carácter permanente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 551/20. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 1Decreto 551/20 «Que las medidas tributarias estarán vigentes durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social y dejarán de regir al término de la siguiente vigencia fiscal, salvo que el Congreso, durante el año siguiente, les otorgue carácter permanente.»EXEQUIBLE· condicionado
Art. 2Decreto 551/20EXEQUIBLE
Art. 3Decreto 551/20EXEQUIBLE
Art. 4Decreto 551/20EXEQUIBLE
4 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Declarar EXEQUIBLE el Decreto Legislativo 551 de 2020, "Por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias en el marco del Estado de Emergencia Economica, Social y Ecologica", salvo el articulo 1o que se declara EXEQUIBLE DE MANERA CONDICIONADA, en el entendido de que las medidas tributarias estaran vigentes durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Proteccion Social y dejaran de regir al termino de la siguiente vigencia fiscal, salvo que el Congreso, durante el ano siguiente, les otorgue caracter permanente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.