Micelio
Sentencia de Constitucionalidad14 de abril de 1999Sala Plena

C-218 de 1999

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Tema · dato duro
Dec. 197/99. Por El Cual Se Crea Un Fondo Para La Reconstruccion Del Eje Cafetero. Exequible.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 197/99. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 2Decreto 197/99EXEQUIBLE
Art. 3Decreto 197/99 «Numerales 6 y 8.»EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Declárase EXEQUIBLE el Decreto 197 del 30 de enero de 1999, "por el cual se crea un Fondo para la Reconstrucción de la Región del Eje Cafetero afectada por el terremoto del 25 de enero de 1999", bajo los siguientes condicionamientos:
  2. 1) La exequibilidad del artículo 2 del Decreto revisado se declara en el entendido de que el Director Ejecutivo del Fondo para la Reconstrucción del Eje Cafetero es servidor público.
  3. 2) La exequibilidad del numeral 6 del artículo 3 Ibídem se declara en el entendido de que la designación de una firma de reconocido prestigio internacional para que ejerza la auditoría sobre los actos y contratos que realice el Fondo deberá recaer sobre una empresa colombiana escogida por concurso público de méritos y contratada previo concepto del Consejo de Estado, y cumplirá sus funciones sin perjuicio del control fiscal que debe ejercer la Contraloría General de la República.
  4. 3) La exequibilidad del numeral 8 del artículo 3, objeto de examen, se declara en el entendido de que los informes de gestión y resultados que se rinden al Presidente de la República no impiden el ejercicio del control correspondiente, a cargo del Contralor General.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.