Micelio

Artículo 3

º

Decreto 197 de 1999 · por el cual se crea un Fondo para la Reconstrucción del Eje Cafetero afectada por el terremoto del 25 de enero de 1999

1 sentencia lo revisó
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las funciones del Consejo Directivo serán las siguientes

1.

Nombrar al Director Ejecutivo.

2.

Adoptar los planes y proyectos que deban ejecutarse con cargo a los recursos del Fondo.

3.

Autorizar la contratación con personas públicas o privadas de la realización o ejecución de las actividades y obras mediante las cuales se cumplan dichos planes y proyectos.

4.

Aprobar los negocios fiduciarios que se requieran para el manejo y disposición de los recursos del Fondo.

5.

Ordenar, cuando fuere el caso, el reembolso de los gastos que hayan efectuado entidades públicas para la atención de la calamidad presentada.

6.

Designar una firma de reconocido prestigio internacional para que ejerza la auditoría sobre los actos y contratos que realice el Fondo.

7.

Expedir los certificados correspondientes a las donaciones recibidas.

8.

Rendir al Presidente de la República, informes mensuales de gestión y resultados, los cuales serán públicos.

9.

Las demás que se requieran para el cabal cumplimiento de los objetivos del Fondo.

Parágrafo

Los miembros del Consejo Directivo, aunque ejercen funciones públicas, no adquieren por ese hecho el carácter de servidores públicos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 1999
    C-218/99Constitucionalidad · «Numerales 6 Y 8.»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
Ver toda la Decreto 197 de 1999