Micelio

Providencias que la citan

Estas providencias invocan a C-145/15 en su argumentación. · 11 en total.

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C-015/23Constitucionalidad2023

Región Metropolitana De Bogotá Y Cundinamarca. Superioridad Jerárquica De Las Normas De Ordenamiento De La Región Metropolitana Para La Jurisdicción Regional. Aspectos Reglamentados En El Plan Estratégico De La Región Metropolitana. Consejo Regional.

C-395/20Constitucionalidad2020

Medidas Para La Adecuación, Ampliación O Modificación De Inmuebles Destinados A Centros Transitorios De Detención A Cargo De Los Entes Territoriales

C-323/20Constitucionalidad2020

Medidas Relacionadas Con La Aprobación De Los Planes De Desarrollo Territoriales Para El Periodo Constitucional 2020 -2023.

C-138/20Constitucionalidad2020

Planes De Ordenamiento Territorial. Facultades Del Departamento Para Establecer Directrices Y Orientaciones En Materia De Uso Y Ocupación Del Espacio Y Su Articulación Con Los Pot De Los Municipios.

T-342/19Tutela2019

Autonomia De Autoridades Territoriales Para Prohibir Desarrollo De Actividades Mineras. Alcance.

SU.095/18Unificación2018

Exploracion Y Explotacion De Recursos Naturales No Renovables Del Subsuelo Deben Ser Adoptadas Por Autoridades Nacionales En Coordinacion Y Concurrencia De Las Autoridades Territoriales.

C-570/17Constitucionalidad2017

Plan Nacional De Construccion Y Mejoramiento De Vivienda Social Rural. Disposiciones Para Su Formulación.

C-077/17Constitucionalidad2017

Zonas De Interés De Desarrollo Rural, Económico Y Social, Zidres.

C-192/16Constitucionalidad2016

Plan De Ordenamiento Territorial. Respeto De Los Derechos Adquiridos En Materia De Uso De Suelos En Los Distritos Especiales.

C-035/16Constitucionalidad2016

Reservas Mineras Estratégicas. Sistema Nacional Pines. Contratos De Concesión Especial Para Explotación Minera. Prórrogas. No Devolución De Predios A Víctimas En Estas Zonas E Indemnización. Servidumbres. Protección Y Delimitacion Paramos.

T-597/15Tutela2015

Consulta Previa. Criterios Para Determinar Quienes, Dentro De Las Comunidades Afrocolombianas, Pueden Considerarse Como Titulares De Derechos Colectivos.