C-1063 de 2000
Ponente Vladimiro Naranjo Mesa
✓Demandante Carlos Fernando Muñoz Castrillon
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Labores de vigilancia o de trabajo agrícola
- Excepciones en sector privado difieren de trabajadores oficiales
- Sector privado
- Trabajadores oficiales
- Trato discriminatorio entre trabajadores oficiales y del sector privado en labores intermitentes o simple vigilancia
- Imposibilidad frente a normas que establecen situaciones jurídicas diversas
- Contrato de trabajo
- Modalidades
- Situación legal y reglamentaria
- Criterios para determinar modalidad
- Concepto
- Ausencia de cargos
- Por ser general no es discriminatoria
- Integración oficiosa
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 6/45. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E LV E
- Primero. Declarar EXEQUIBLE la expresion "Las horas de trabajo no podran exceder de ocho (8) al dia, ni de cuarenta y ocho (48) a la semana, salvo las excepciones legales", contenida en el articulo 3deg de la Ley 6a de 1945.
- Segundo. Declarar INEXEQUIBLE la expresion "Sin embargo la duracion maxima de las labores agricolas, ganaderas o forestales, sera de nueve (9) horas diarias o de cincuenta y cuatro (54) en la semana. Las actividades discontinuas o intermitentes, asi como las de simple vigilancia, no podran exceder de doce (12) horas diarias, a menos que el trabajador resida en el sitio de trabajo", contenida en el articulo 3deg de la Ley 6a de 1945.
- Tercero. Declararse inhibida para emitir un pronunciamiento de fondo, respecto de la expresion "El gobierno podra ordenar la reduccion de las jornadas de trabajo en las labores que sean especialmente peligrosas e insalubres, de acuerdo con dictamenes tecnicos al respecto, y previa audiencia de comisiones paritarias de patronos y trabajadores", contenida en el articulo 3deg de la Ley 6a de 1945.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.