C-1060 de 2008
Ponente Jaime Araujo Rentería
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Efectos hacia el futuro
- Exigencia de técnica legislativa orientada a garantizar la coherencia y claridad de las leyes
- Vulneración porque norma acusada no guarda relación con el núcleo temático de la ley de la que forma parte
- Núcleo temático y conexidad
- Vulnera principio de unidad de materia
- Efectos hacia el futuro
- Vulneración por incluir norma que regula la celebración de matrimonios en el departamento
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 915 de 2004 "por la cual se dicta en estatuto fronterizo para el desarrollo económico y social del departamento archipiélago de san andrés, providencia y santa catalina", artículo 56.
Dicha norma exige menos requistos para celebración del matrimonio de los previstos en el código civil <br>en sentir del actor, la norma acusada desconoce los artículos 4, 5, 13, 29, 42, 44, 45 y 158 superiores, es decir, grosso modo, el principio de unidad de materia, el de igualdad y el deber estatal de protección a la familia. <br>el principio de unidad de materia.
De conformidad con dicho mandato, efectuado un exámen dentro del contexto del proceso de formación de la ley, se encontrare un elemento extraño o ajeno a la materia dominante en la regulación, éste estaría en contravía del citado principio. <br>si bien, la constitución ha establecido la necesidad de la implimentación de un régimen especial para este departamento archipiélago en las materias administrativas, de inmigración, fiscal, de comercio exterior, de cambios, financiera y de fomento económico, el contenido de la norma de que se trata no está comprendido dentro de las mismas, por tanto, el legislado excedió el límite de sus facultades al expedirla. <br>inexequible
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 915/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E:
- DECLARAR INEXEQUIBLE el Art. 56 de la Ley 915 de 2004.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.