Providencias que cita
C-076/07 invoca estas providencias en su argumentación. · 13 en total.
Volver a la ficha de C-076/07Interpretacion De La Ley Por El Legislador. Inconstitucionalidad De La Expresión “solo” Referida Al Monopolio De La Interpretación General De La Ley Por El Legislador
Principio Democratico En Proyecto De Acto Legislativo. Ausencia De Debate En La Plenaria De La Cámara De Representantes
Impuesto De Industria Y Comercio. No Sujeción De Funciones Administrativas De Actividades Desarrolladas Por La Nación Y Establecimientos
Normas Tendientes A Fortalecer La Lucha Contra La Evasión Y El Contrabando. Beneficios Fiscales Concurrentes.
Codigo De Procedimiento Penal. Falgta De Quorum Decisorio En La Plenaria De La Carmara De Representantes E Incumplimiento De Requisito De Cuatro Debates.
Ley 60/93. Art. 40 Parc. Distribucion De Competencias. Autoridad Doctrinaria. Direccion Gral De Apoyo Fiscal Del Ministerio De Hacienda. Inexequible.
Tarifa Para Vehiculos Camperos.
Ley Interpretativa En Materia De Impuesto Sobre Las Ventas. Atribución Del Legislador
O.P. Art. 1 Del Proyecto De Ley N° 48/97 Senado Y 151-190/96 Camara Mediante Los Cuales Se Aclaran Los Art. 146 De La Ley 100/93 Y 1 De La Ley 332/96. Obj. Fundadas. Auto 035/98.
Acto Legislativo No 001/96. Por El Cual Se Modifican Los Arts. 299 Y 300 De La Constitucion Nacional. Asambleas Departamentales. Exequible.
Ley 20/69. Art 1 Parcial. Art. 13. Propiedad Del Subsuelo. Yacimientos Descubiertos. Exequibles.
Ley 97/93. Interpretacion De La Ley Por Via De Autoridad. Autonomia Constitucional De Los Jueces. Subsuelo. Cusiana. Exequible.
Objeciones Presidenciales Al Proyecto De Ley N° 151/92 Camara Y 76/92 Senado. Se Declaran Fundadas Las Objeciones Presidenciales.