Providencias que la citan
Estas providencias invocan a C-047/22 en su argumentación. · 11 en total.
Volver a la ficha de C-047/22Derecho A La Consulta Previa Por Afectación Directa, Usos, Costumbres Y Autonomía Ambiental De Comunidad Indígena-Obligación De Garantizar La Salvaguarda Étnica Y Deber De Definir Situación Legal Del Resguardo En Un Término Razonable.
Estándar De Protección De Derechos De Los Pueblos Indígenas (Autodeterminación, Integridad Física Y Cultural, Gobierno Propio Y Territorio)-Proyecto De Reducción De Emisiones Por Deforestación Y Degradación De Los Bosques.
Debido Proceso Administrativo Para Constituir Resguardos De Comunidades Indígenas-Obligación De Definir La Situación Legal De Las Entidades Territoriales Indígenas En Un Término Razonable.
Derecho A La Participación, Debido Proceso Y Consulta Previa De Comunidad Étnica Diferenciada En Relación Con Proyectos De Ampliación Vial-Concede Amparo Por Afectación Directa De La Comunidad Negra.
Derechos A La Autonomía, La Identidad, Integridad Étnica Y Cultural Del Pueblo Arhuaco-Funciones De Posesión, Registro Y Certificación De Autoridades Tradicionales Y Representación Legal. Línea Jurisprudencial. Principios, Criterios Y Reglas Para Dirimir Conflictos Intraétnicos.
Constitucional Norma Que Excluye Las Áreas Del Sistema De Parques Nacionales De La Posibilidad De Adjudicación Colectiva A Favor De Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales Y Palenqueras.
Proceso Ejecutivo Por Sumas De Dinero Contra Entidad Pública-Documento Base De Recaudo Derivado De Un Mecanismo De Conciliación Regulado En Una Norma Especial.
Delito De Violencia Intrafamiliar Protege El Bien Jurídico De La Familia Y Es Una Conducta Con Alto Nivel De Nocividad Para La Sociedad Mayoritaria Y La Comunidad Indígena-Incumplimiento Del Factor Institucional.
Incumplimiento Del Factor Objetivo E Institucional-La Comunidad No Cuenta Con Un Sistema Que Garantice El Debido Proceso Del Demandante, Ni La Imparcialidad Del Procedimiento Y De La Decisión-Los Cabildos Indígenas Se Configuran Como Entidades Públicas Especiales, Encargadas De Representar Legalmente A Sus Comunidades, Ejercer La Autoridad Y Desarrollar Las Actividades Que Les Atribuyen Las Leyes, Sus Usos Y Costumbres- Los Resguardos Indígenas, No Poseen La Naturaleza De Entidades Públicas-La Autoridad Jurisdiccional No Indígena Debe Incluir Un Enfoque Que Respete La Perspectiva Étnica Y El Diálogo Intercultural Dentro Del Proceso.
Contratos Estatales Con Organizaciones Indígenas. Posibilidad De Las Organizaciones Indígenas De Celebrar Contratos Con Entidades Estatales
Competencia De Los Departamentos. Administración De Áreas No Municipalizadas. Elevación A Municipios De Áreas No Municipalizadas Sin El Lleno De Los Requisitos.