Micelio
Auto29 de julio de 2009

A- de 2009

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Erika Paola Vergara Suárez Vs Corporacion Autonoma Regional De Cundinamarca Y Otros

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia, Suscitado Entre El Consejo Seccional De La Judicatura De Cundinamarca Y El Juzgado Cuarenta Y Uno Civil Del Circuito De Bogotá.  La Sala Recuerda El Auto 089ª En El Cual Se Unifica La Posición Y Se Entiende A Las Car Como Entidades Públicas De Orden Nacional, Y Por Lo Tanto Las Tutelas Contra Esta Entidad Deben Ser Repartidas A Los Tribunales Superiores Del Distrito Judicial Administrativo O A Los Consejos Seccionales De La Judicatura.  Por Estas Razones Se Remite El Expediente Al Consejo Seccional De La Judicatura De Cundinamarca.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto de fecha 20 de febrero de 2009 proferido por el Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca.
  2. Segundo. REMITIR el expediente contentivo de la acción de tutela instaurada por Erika Paola Vergara Suárez contra los municipios de Madrid y Facatativá y la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca al Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, para que le dé trámite y decida de forma inmediata.
  3. Tercero. Por Secretaría General, COMUNICAR al Juzgado Cuarenta y uno Civil del Circuito de Bogotá y a la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, la decisión adoptada en esta providencia, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aquí resuelto por la Corte Constitucional.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.