Auto4 de julio de 2007
A- de 2007
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Abel Antonio Jaramillo Y Otros Vs. Red De Solidaridad Social Y Otros
✓
Tema · dato duro
Seguimiento Sentencia T-025/04. Seguimiento De La Sesión De Informacion Tecnica Sobre La Protección De Los Derechos De Los Menores De Edad En Situacion De Desplazamiento Interno. Ordena Al Director De Accion Social Presente A La Corte Constitucional Un Informe Conciso Sobre Los Distintos Aspectos Que Quedaron Sin Respuesta Durante La Información Técnica Y Se Pronuncie Sobre La Afirmación De La Directora Del Icbf
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Corte Constitucional
- Orden para que entidades competentes suministren aclaraciones y elementos de juicio para adoptar decisión y lograr la superación del estado de cosas inconstitucional en materia de desplazamiento interno
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. ORDENAR al Director de Acción Social, Luis Alfonso Hoyos, que dentro del término máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la comunicación del presente Auto, presente a la Corte Constitucional, por intermedio del Despacho del Magistrado Sustanciador, un informe conciso en el cual se pronuncie sobre los distintos aspectos que quedaron sin respuesta durante la sesión de información técnica, y que se enumeraron en los párrafos 3.1. a 3.6. del presente Auto.
- Segundo. ORDENAR al Director de Acción Social, Luis Alfonso Hoyos, que dentro del término máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la comunicación del presente Auto, se pronuncie ante la Corte Constitucional sobre la afirmación efectuada por la Directora del ICBF durante la sesión técnica de información del 28 de junio, en el sentido de que esta última entidad no cuenta con programas específicamente dirigidos a la atención de los menores de edad desplazados, por considerar innecesario distinguir entre los niños beneficiarios de sus componentes ordinarios de atención, con el fin de que manifieste cómo, en su condición de coordinador de la Acción Social respecto de los desplazados, ha cumplido sus responsabilidades en relación con el ICBF.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a2
T-025/04Derechos A La Vida Integridad Personal Igualdad Trabajo Salud Seguridad Social Educacion Minimo Vital Y Peticion. Goce Efectivo. Atencion Integral. Respuesta Clara Y Oportuna. Desplazamiento Forzado Interno. Evaluacion Situacion Para Inscripcion En SistemT-086/03Derechos Al Debido Proceso Vida Salud Y Medio Ambiente Sano. Solicitud Cierre Definitivo Del Relleno Sanitario De Henequen. Modificacion Orden Impartida. Incidente De Desacato. Tutela Contra Tutela. Cosa Juzgada. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.