DecretoVigente
Decreto 1996 de 1964
por la cual se reglamenta el artículo 36 del Decreto 3224 de 1963 (diciembre 19), reorgánico del Ministerio de Salud Pública.
26artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Instituto Nacional De Salud Estará Integrado Por Las Entidades Consideradas En El Artículo 2° De La Ley 22 De 19592El Instituto Nacional De Salud Tendrá La Siguiente Estructura: I-Dirección3La Dirección Técnico-Administrativa Del Instituto Nacional De Salud Estará A Cargo De Un Médico Colombiano En Ejercicio De Su Profesión, Quien Deberá Llenar Además Los Siguientes Requisitos: A) Haber Cursado Y Obtenido El Título De Especialista En Salud Pública, Otorgado Por Una Entidad Docente Reconocida Por El Gobierno, O En Su Defecto, El De Ciencias Biológicas, Igualmente Reconocido Por El Gobierno; B) Tener Experiencia Mínima De Tres (3) Años En Investigación, Científica, Cumplida En Sustituciones Especializadas O Universidades De Comprobada Idoneidad ; C) Comprobar Una Experiencia Mínima De Dos (2) Años En El Desempeño De Cargos Administrativos4Son Funciones Del Director: 15La Jefatura Del Grupo De Investigaciones Epidemiológicas Estará A Cargo De Un Médico En Ejercicio Legal De La Profesión Con Título De Especialización En Salud Pública, Debidamente Reconocido Por El Gobierno, Y Con Experiencia Mínima De Tres (3) Años En Actividades Epidemiológicas6Son Funciones Del Jefe Del Grupo De Investigaciones Epidemiológicas: 17Son Funciones De Los Jefes De Los Subgrupos Del Grupo De Investigaciones Epidemiológicas: A) Asistir Y Participar En La Discusión De Los Planes Y Programas De Investigación Que Se Verifiquen En El Comité Científico, Cuando La Naturaleza Del Tema Por Discutir Se Relacione Con Las Actividades Específicas Del Subgrupo8Son Funciones Del Grupo De Productos Biológicos, Realizar Las Funciones Específicas Que Le Son Propias A Cada Uno De Los Subgrupos Que Laconstituyan, Los Que Se Determinaran Posteriormente9Son Funciones De Los Jefes De Los Subgrupos Del Grupo De Productos Biológicos: A) Responder Ante El Director Del Instituto Por El Correcto Funcionamiento Técnico Y Administrativo De Su Correspondiente Subgrupo; B) Asistir Y Participar En La Discusión De Los Planes Y Programas De Producción Que Se Verifiquen En El Comité Científico, Cuando La Naturaleza Del Tema Por Discutir Se Relacione Con Las Actividades Específicas Del Subgrupo10Son Funciones Del Grupo De Drogas, Cosméticos Y Alimentos, Desarrollar Las Actividades Específicas Relacionadas Con Los Subgrupos Que Lo Constituyen11Para Desempeñar Los Cargos De Jefes De Los Subgrupos De Farmacología Y Análisis Químico, Se Requiere, Para El Primero Ser Medido Graduado En Ejercicio Legal Dela Profesión, Con Experiencia Mínima De Tres (3) Años, En El Campo De La Farmacología; Y Para El Segundo, Ser Químico Graduado En Ejercicio Legal De La Profesión, Con Experiencia Mínima De Tres (3) Años En El Campo De Su Profesión12Son Funciones De Los Jefes De Los Subgrupos Del Grupo De Drogas, Cosméticos Y Alimentos: 113El Grupo De Servicios Generales De Laboratorio Tendrá Las Funciones Que Por Definición Le Corresponden Y Desarrollara Dichas Funciones En Intima Relación De Interdependencia Con Los Diferentes Grupos Del Instituto De Acuerdo A Los Reglamentos Internos De Este14La Jefatura Del Grupo De Administración Estará A Cargo De Un Funcionarios Con Experiencia No Menor De Tres (3) Años En El Desempeño De Cargos Administrativos15Son Funciones Del Jefe Del Grupo De Administración: 116Son Funciones Del Jefe Del Subgrupo De Presupuesto Y Contabilidad: A) Responder Ante El Jefe Del Grupo De Administración Por El Correcto Funcionamiento Del Subgrupo17Son Funciones Del Jefe Del Subgrupo De Provisiones, Mantenimiento, Transportes, Vigilancia, Ropería Y Aseo:18Son Funciones Del Jefe Del Subgrupo De Archivo Y Correspondencia: A) Responder Ante El Jefe Del Grupo De Administración Por El Correcto Funcionamiento Del Subgrupo; B) Organizar Y Vigilar El Archivo General O Especializado; C) Organizar El Archivo Muerto; D) Facilitar Al Director Y Demás Personal Del Instituto Los Documentos O Copias De Archivo Que Soliciten; E) Expedir, De Acuerdo Con La Ley Y Los Reglamentos Del Instituto, Copias De Los Documentos De Archivo; F) Recibir La Correspondencia Y Hacer Su Distribución Dentro Del Instituto, Elaborando Las Correspondencias Planillas Y Hojas De Ruta; G) Despachar Las Comunicaciones Del Instituto Con La Correspondiente Elaboración De Las Planillas De Entrega19Son Funciones Del Jefe Del Subgrupos De Biblioteca: A) Responder Ante El Jefe Del Grupo De Administración Por El Correcto Funcionamiento Del Subgrupo20Son Funciones Del Jefe Del Subgrupo De Talleres: A) Responder Ante El Jefe Del Grupo De Administración Por El Correcto Funcionamiento Del Subgrupo; B) Realizar Las Reparaciones Que Le Sean Ordenadas Por El Jefe Del Grupo De Administración De Acuerdo A Los Pedidos Emanados De Las Diferentes Dependencias Del Instituto; C) Solicitar Al Jefe Del Subgrupo De Provisiones Y Mantenimiento Los Elementos Necesarios Para La Ejecución De Las Reparaciones Solicitadas; D) Llevar El Inventario Permanente De Las Piezas Que Han Sido Sustituidas, De Acuerdo Alas Reparaciones Ordenadas, Y Entregadas Al Jefe Del Subgrupo De Provisiones Y Mantenimiento21Artículo 2122El Comité Científico Será Un Organismo Asesor Y Coordinador Y Sus Funciones Serán Las Siguientes: 123El Director Del Instituto Gestionara, De Común Acuerdo Con El Jefe De La División De Epidemiologia Y Sometido A Las Normas Que Sobre La Materia Establezca El Ministerio De Salud Pública, Las Ayudas Nacionales Y Extranjeras Para La Ejecución De Programas Investigativos Sobre Problemas Que Afectan La Salud Del Pueblo Colombiano24Todo El Personal Científico Y Administrativo Del Instituto Nacional De Salud Será De Tiempo Completo Y Educación Exclusiva25Las Comisiones Del Personal Del Instituto Dentro Del País Serán Ordenadas Por El Director De Este, Quien Deberá Enviar Al Jefe De La División De Epidemiologia Copia De Los Informes Rendidos Sobre El Desempeño De Tales Comisiones26Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Aprobación
03