DecretoDeclarado Inexequible
Decreto 126 de 2010
por el cual se dictan disposiciones en materia de Inspección, Vigilancia y Control, de lucha contra la corrupción en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, se adoptan medidas disciplinarias, penales y se dictan otras disposiciones.
37artículos
0arts. con control
1sentencia
1inexequibilidad
01
Historia de constitucionalidad
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1Inexequible
Sentencias que la revisaron · 1
02
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1Sistema De Inspección, Vigilancia Y Control2Sistema De Administración Del Riesgo Para La Lucha Contra La Corrupción En El Sistema General De Seguridad Social En Salud3Administrador Del Sistema De Información Para El Reporte De Eventos Sospechosos De Corrupción Y Fraude4Intervención Forzosa Administrativa5Atención Inicial De Urgencias6Cesación Provisional7Atención Al Usuario8Medidas Cautelares En La Función Jurisdiccional De La Superintendencia Nacional De Salud9Comisión Nacional De Precios De Medicamentos Y Dispositivos Médicos-Cnpmd -10Clasificaciones Relevantes11Régimen De Control De Precios De Medicamentos Y Dispositivos Médicos12Márgenes De Comercialización13Deber De Reportar Precios14Sistema De Información De Medicamentos -Sismed-15Precios De Adquisición De Los Medicamentos Y De Los Dispositivos Médicos Por Parte De Las Entidades Y Agentes Del Sistema General De Seguridad Social En Salud -Sgsss-16Financiamiento De La Vigilancia, El Seguimiento Y El Control De Precios De Medicamentos Y Dispositivos Médicos17Procedimiento Sancionatorio Abreviado18Artículo 1819Conductas Sancionables Por Violaciones Al Régimen Especial O General Aplicable Al Control De Precios De Medicamentos Y Dispositivos Médicos20Valor De Las Multas21Multas Por Infracciones Al Régimen Especial O General Aplicable Al Control De Precios De Medicamentos Y Dispositivos Médicos22Graduación De Las Multas23Artículo 2324Procedimiento25Faltas Gravísimas En El Sector Salud26Responsabilidad De Los Integrantes Del Comité Técnico Científico Y De Los Comités Técnicos De Prestaciones Excepcionales En Salud27Responsabilidad Penal De Los Particulares Que Administran Recursos Del Sistema General De Seguridad Social En Salud - Sgsss28Omisión En La Atención Inicial De Urgencias29Estafa30Especulación31Agiotaje Con Medicamentos Y Dispositivos Médicos32Contrabando De Medicamentos33Artículo 3334Peculado Por Aplicación Oficial Diferente Frente A Recursos De La Salud Adiciónase Los Artículos 399 A Y 400 A Al Capítulo I Del Título Xvdel Libro Ii De La Ley599 De 2000, El Cual Quedará Así: Artículo 399 A35Fondo Anticorrupción Del Sector Salud36Modificación De Multas37Vigencia Y Derogatorias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las contenidas en el artículo 215 de la Constitución Política y en la Ley 137 de 1994 y en desarrollo del Decreto 4975 de 2009
- Fabio Valencia CossioEl Ministro del Interior y de Justicia
- Jaime Bermúdez MerizaldeEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Oscar Iván Zuluaga EscobarEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Gabriel Silva LujánEl Ministro de Defensa Nacional
- Andrés Darío Fernández AcostaEl Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural
- Diego Palacio BetancourtEl Ministro de la Protección Social
- Hernán Martínez TorresEl Ministro de Minas y Energía
- Exterior Gabriel Duque MildenbergEl Viceministro de Comercio Exterior, Encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Comercio · encargado
- Cecilia María Vélez WhiteLa Ministra de Educación Nacional
- Carlos Costa PosadaEl Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
- María Del Rosario Guerra De La EspriellaLa Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
- Andrés Uriel Gallego HenaoEl Ministro de Transporte