T-928 de 2013
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Consuelo Restrepo Ortiz·Demandado Departamento De Risaralda
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Agotamiento previo de medios específicos de defensa previstos en la regulación común
- Improcedencia de tutela por falta de legitimación por pasiva
- Improcedencia por no afectar derechos fundamentales y por no haber agotado los medios ordinarios de defensa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Alega la accionante que el Departamento de Risaralda violó sus derechos fundamentales a la seguridad social, al mínimo vital, al debido proceso, a la igualdad ante la ley, además del principio de favorabilidad e inescindibilidad normativa, al negarle el reconocimiento y pago de la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez, argumentando que no le asiste tal prestación por cuanto el vínculo laboral que tuvo con la entidad finalizó antes de la entrada en vigencia de la Ley 100 de 1993.
La Sala confirma la decisión de instancia que declaró IMPROCEDENTE la acción de tutela impetrada, por no cumplir con los requisitos de procedibilidad, como son la subsidiariedad y la legitimación en la causa por pasiva. <br> <br>
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia proferida en unica instancia por el Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Pereira del 24 de abril de 2013 que DECLARO IMPROCEDENTE la accion de tutela interpuesta por la senora Consuelo Restrepo Ortiz contra el Departamento de Risaralda, por no cumplir con los requisitos de procedibilidad de legitimacion en la causa por pasiva y subsidiariedad.
- SEGUNDO. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.