Micelio
Sentencia de Tutela16 de agosto de 2001

T-879 de 2001

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Maria Victoria Gomez Morales Vs Fiscal Delegado Ante Jueces Penales Del Circuito De Cucuta Y Otro·Demandado Sin Información

Tema · dato duro
Derecho A La Dignidad Humana De Sindicado Retenido En Hospital Esposado De Su Mano Derecha A La Cama Durante Las 24 Horas Por Falta De Personal De Policia. Facultades Discrecionales De Las Autoridades. Agencia Oficiosa. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derechos Del Detenido
  • Utilización de esposas para atar y evitar fuga
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia de 14 de marzo del año en curso, dictada por el Juzgado
  2. Cuarto. Civil del Circuito de Cúcuta, Norte de Santander.
  3. Segundo. CONCEDER la tutela del derecho fundamental a la dignidad humana al señor EDINSON AMAYA LINCE, vulnerado por el Comando del Departamento de Policía de Norte de Santander.
  4. Tercero. ORDENAR, en consecuencia, al Comandante del Departamento de Policía de Norte de Santander que, dentro del perentorio término de cuarenta y ocho (48) horas a partir de notificación personal de esta providencia, en el evento de que el señor AMAYA LINCE se encuentre aún recluido en el Hospital Erasmo Meoz de Cúcuta, si es que aún no lo ha hecho, ordene que el mencionado ciudadano sea despojado de las esposas que le fueron colocadas, y designe, si ello es necesario, un agente de la institución para que lo vigile y custodie hasta cuando éste pueda ser remitido a la cárcel del lugar, o cesen los motivos de la vigilancia que se le solicitó por la Fiscalía Sexta Delegada.
  5. Cuarto. ORDENAR que por Secretaría General se dé cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.