Sentencia de Tutela6 de noviembre de 2003
T-864 de 2003
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Luis Carlos Mure Narvaez Vs Fuerzas Militares Ejercito Nacional
✓
Tema · dato duro
Derechos A La Salud Y Vida. Soldado Que Ingreso A Las Fuerzas Militares En Buen Estado Y Al Momento De Su Retiro Resultó Con Lesiones En El Oido Por Explosion De Granada. Suministro De Audifonos. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Salud Del Soldado Retirado
- Obligación de atención médica
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. Revocar el fallo proferido el 19 de marzo de 2003 por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Cesar, dentro del proceso de la acción de tutela de la referencia. En su lugar conceder la protección de derecho a la salud en conexidad con la integridad física de Luis Carlos Mure Narváez.
- Segundo. Ordenar a la Dirección de Sanidad del Ejército Nacional que a más tardar dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de esta decisión, adelante los procedimientos encaminados a suministrarle los audífonos al accionante, previa valoración de la Fonoaudióloga de la entidad, y que se requieran para la rehabilitación de las lesiones que sufrió con causa y razón de la prestación de su servicio. Los audífonos deberán serle entregados a la mayor brevedad según lo ordenado por el médico tratante y en todo caso antes de un mes a partir de la notificación de esta providencia.
- Tercero. Por Secretaría General, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a11
T-643/03Derechos A La Salud Vida E Integridad. Suministro Servicios Medicos Quirurgicos Hospitalarios Y Farmaceuticos Para Rehabilitacion. Disminucion Capacidad Sicofisica Por Lesiones Sufridas En Combate O Con Ocasión Del Servicio. Calificacion De Invalidez. ConT-315/03Derecho A La Salud E Integridad De Infante De Marina. Solicitud Atencion Medica Tratamiento Y Calificacion De Riesgo En Ojo Derecho. Obligatoriedad. Concedida.T-824/02Derecho Al Debido Proceso Y Salud. Solicitud Servicios Medicos Por Afecciones Padecidas Antes De Ingresar O Producto De La Prestacion Del Servicio Militar. Practica De Examenes Medicos Serios Y Exhaustivos. Concedida.T-1239/01Derechos A La Salud Vida E Integridad Personal De Pensionado. Solicitud Suministro E Implantacion De Audifonos No Incluidos En El Pos. Accion De Repeticion. Concedida.T-839/00Derecho A La Salud Y Vida. Suministro De Audifonos A Persona De La Tercera Edad. Comfenalco. Concedida.T-1177/00Derecho A La Salud. Prestacion De Servicios Medicos Quirurgicos Hospitalarios Y Farmaceuticos Para La Rehabilitacion De Lesiones Sufridas Por Causa Y Razon De La Prestacion Del Servicio Militar. . Concedida.
Ver las 11 →Citada por1
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.