T-812 de 2013
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Victor Perlman Milstein·Demandado Consejo De Estado, Seccion Tercera, Subseccion C, Sala De Lo Contencioso Administrativa
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por cuanto Consejo de Estado no desconoció precedente respecto del resarcimiento de perjuicios derivados de actos y actuaciones administrativas
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En este asunto se cuestionó una providencia judicial proferida por la Sección Tercera del Consejo de Estado, en la que se determinó que el accionante, al presentar una acción de reparación directa, había interpuesto una acción indebida pues su reproche cuestionaba la legalidad de los mandamientos de pago proferidos por la DIAN, de manera que, la acción correspondiente era la nulidad y restablecimiento del derecho.
El actor por su parte consideró, que dicha providencia incurrió en un defecto, en aplicar de forma retroactiva un precedente jurisprudencial inexistente al momento de interponer la acción de reparación directa ante la jurisdicción de lo contencioso administrativa.
Se analiza el tema de la acción de tutela contra providencias judiciales y las causales generales y específicas para su procedibilidad y se confirma el fallo de segunda instancia que NEGÓ el amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- Primero. Confirmar el fallo proferido en segunda instancia, el dos (02) de mayo de dos mil trece (2013), por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado y, en consecuencia, NEGAR el amparo solicitado por el señor Victor Perlman Milstein.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.