Sentencia de Tutela27 de agosto de 2003
T-736 de 2003
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Gladys Pinzon Moreno Vs. Tribunal Superior De Villavicencio
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso. Via De Hecho. Decreto Perencion Proceso Ordinario Reivindicatorio. Vencimiento Etapa Probatoria. Nombramiento Peritos. Deberes Del Juez. Tutela Contra Providencias Judiciales. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Perencion Del Proceso Reivindicatorio
- No podía decretarse
Juez
- Debe actuar como director del proceso
Perencion Del Proceso
- Finalidad
Via De Hecho Por Declaratoria De Perencion
- Se configuró por cuanto no se podía decretar
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Revocar el fallo proferido por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia de fecha 19 de marzo de 2003, que negó el amparo solicitado, y en su lugar confirmar en todas sus partes, la providencia proferida por la Sala de Casación Civil de esa misma Corporación de fecha 26 de febrero de 2003, que concedió el amparo constitucional al debido proceso invocado por la señora Gladys Pinzón Moreno, pero por los motivos exclusivamente expuestos en este fallo.
- Segundo. Por Secretaría, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a6
T-677/03Derechos Al Debido Proceso Seguridad Social E Igualdad. Via De Hecho. Acceso A La Administracion De Justicia. Reajuste Pensional Por Incremento De Aportes En Salud. Principio Pro Operario. Tutela Contra Providencias Judiciales. Negada.T-359/03Derecho Al Debido Proceso De Personas Juridicas. Via De Hecho Por Consecuencia. Acceso A La Administracion De Justicia. Valor Probatorio Certificaciones Medicas De Incapacidad. Seguridad Juridica. Autonomia Judicial. Tutela Contra Providencias Judiciales.C-292/02Perencion Del Proceso. Inexistencia De Prerrogativa A Favor Del EstadoC-012/02Demanda. Envío Por Correo No Es Excusa Para Ignorar Requisitos, Formalidades Y Términos ProcesalesC-1104/01Deber De Colaboracion Para El Buen Funcionamiento De La Administracion De Justicia. Cargas ProcesalesC-543/92Dec. 2591/91. Art 11 12 25 Y 40. Tutela Contra Sentencias. Cosa Juzgada. Caducidad. Unidad Normativa. Inexequibles Salvo Art 25.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.