Sentencia de Tutela4 de octubre de 1999
T-733 de 1999
Ponente Carlos Gaviria Díaz
✓Demandante Olga Vera Horta Y Otros
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Trabajo. Pago Salarios Icobordado. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Vida Digna Del Trabajador
- Pago oportuno de salarios
Derecho Al Minimo Vital Del Trabajador
- Pago oportuno de salarios
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Concordato Preventivo Obligatorio
- Asunción servicio de salud por empleador debido a mora en pago de aportes
- Pago preferente de salarios
Entidad Promotora De Salud
- Asunción servicio de salud mientras se produce pago de aportes
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Once de Familia de Santafe de Bogota del catorce (14) de julio de mil novecientos noventa y nueve (1999), y en su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la vida, dignidad y el trabajo de los senores Olga Vera Horta, Luz Marina Cruz Velasquez, Myriam Alturo Paez, Jose Arnulfo Garzon Fula, Ana Delia Gil Bernal, Jose Antonio Bolivar Prieto, Francisco Valbuena Botello, Emma Hilda Ruiz E., Maria Elisa Pachon de Villamil, Cristobal Calderon Matiz, Pablo Emilio Florez Cortes, Elsy Morales Lozano, Maria Ana Betilda Mendoza A., Gladys Alturo de Z., German Munoz, Pedro Jesus Suarez Pinto, Teresita de Jesus Pineros Herrera, Jaime Gerardo Pineda, Carlos Alberto Cruz, Jose Ignacio Ruiz Echeverry, Luis Alfonso Rodriguez Garay, Jorge Eduardo Moreno Rodriguez, Luz Marina Sierra Alcedra, Cecilia Rosa Rusinque, Jeremias Martinez Largo, Gloria Elena Duran Blanco, Albertina Lopez Martinez, Maria Elisa Baron Benavides, Carmen Rosa Perez Herrera, Gilma Rondon, Amparo Torrijos Gutierrez, Myriam Sanchez, Clara Ines Nieto Medina, Hortensia C. de Baron, Blanca Ines Lopez, Martha Ruth Herrera Cubillos, Maria del Carmen Munoz Monroy, Zulma Sanchez Velasquez, Aracely Herrera Gutierrez, Martha Elena Rios Pulgarin, Myriam Guzman Castro, Blanca Lilia Vargas Arias, Mariela Luque Garzon, Jorge Enrique Rodriguez Mora, Myriam Custodia Romero de Marquez, Maria Olga Parra Ortiz, Maria Alcira Mahecha, Alirio sarmiento Munoz, Blanca Nubia Mendoza Pacheco, Gustavo Fuentes Gomez, Aliria Serna de Ortiz, Luis Ignacio Walteros C., Hector Manuel Leon Beltran, Daniel Guerrero Guerrero, Marleny Parra Diaz, Luz Marina Parra Rozo, Jorge Eliecer Ortegon Moreno, Maria Belen Mora Barreto, Adalina Perez Tofancy, Aura Lilia Camargo Valderrama, Plinio Florez, Omaira Giraldo Alvarez, Luz Marina Moreno, Barbara Aurora Posada Angarita, Lilia Pardo de Ibanez, Claudia Albornoz de Prada, Hernando Sanchez Huertas, Flor Alba Bejarano, Amaida Figueredo, Maria Estela Marquez, Myriam Salazar, Gustavo Jimenez, Beatriz Matiz Gomez, Luz Maria Mendivelso, Celia Rangel Rueda, Rosalba Gonzalez Monroy, Juan de Jesus Donoso Diaz, Celia Buitrago Diaz, Guillermo Pinzon Vega, Emma Aura Lievano Garcia, Myriam Alape Yate, Alicia Cruz de Rodriguez, Jairo Navarro, Natividad Perez Scarpetta, Ana Isabel Osorio Rodriguez, Jose Gabriel Vargas Ochoa, Domingo Gutierrez Martinez, Luis Lopez Perez, Luis Alejandro Melendez Torres, Miguel Antonio Figueredo Figueredo, Jose Ignacio Guerrero Moreno, Luis Arturo Ramirez Munoz, Gerardo Quiroga Tellez, Luis Eduardo Vigoya Gomez, Maria Cristina Cruz de Garibello, Ana Dely Ortiz Ortiz, Maria Delia Hernandez Duarte y Jesus Elena Rodriguez Mora.
- Segundo. ORDENAR al senor Liquidador de la empresa Industria Colombiana de Bordados ICOBORDADOS - en concordato -, que en el termino de dos meses, contados a partir de la notificacion de la presente sentencia, proceda a cancelar de manera completa todos los salarios y aportes a salud, pendientes y adeudados a los actores siempre y cuando el flujo de caja lo permita. Si este fuere insuficiente, dispondra del termino ya senalado para iniciar y culminar las gestiones que permitan obtener los recursos necesarios para el pago efectivo y completo de lo ordenado.
- Para garantizar que las acreencias laborales asumidas por la empresa demandada encuentren real y efectivo respaldo economico, la Superintendencia de Sociedades verificara el cumplimiento de lo aqui ordenado.
- Tercero. ORDENAR a la Industria Colombiana de Bordados ICOBORDADOS, el cubrimiento total de la atencion en salud que requieran los demandantes y sus beneficiarios, mientras se pone al dia en el pago de las cotizaciones a las correspondientes E.P.S.
- Cuarto. Si transcurrido el plazo que se otorga en la presente sentencia, la sociedad demandada no cumple con el pago de las sumas referidas, el ISS y las restantes E.P.S., en las cuales se encuentran afiliados los accionantes pueden hacerse parte en el proceso concursal que se adelanta a la empresa Industria Colombiana de Bordados ICOBORDADOS - en concordato -, con el fin de obtener el pago de los aportes que por concepto de salud y pensiones de sus trabajadores no les hayan sido cancelados.
- Todo lo anterior, sin perjuicio de que el I.S.S., y las restantes E.P.S., presten los servicios necesarios a los trabajadores y sus familias mientras los pagos se producen, pudiendo repetir por tal concepto contra el patrono e imponerle las sanciones a que haya lugar.
- Quinto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a12
T-665/99Der. A La Seguridad Social. Der. A La Salud. Der. Al Trabajo. Mora Del Patrono En Aportes A Salud Y Pension. Concedida.T-606/99Der. A La Igualdad. Der. Al Trabajo. Der. Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales Por El Municipio De Monteria. Concedida.T-075/99Der. Al Minimo Vital. Pago De Mesadas Atrasadas. Indexacion. Conmutacion Pensional. Croydon S.A. Concedida.SU.562/99Der. A La Seguridad Social. Der. A La Salud. Continuidad En El Servicio Publico De Salud. Mora En El Pago De Aportes En Salud. Quintex Empresa En Concordato. Concedida Parcialmente.T-658/98Der. A La Seguridad Social. Der. Al Minimo Vital. Der. A La Igualdad. Pagos De Pension Por Empresa En Concordato. Croydon S.A. Concedida.T-307/98Seguridad Social De Las Personas De La Tercera Edad. Der. Al Minimo Vital. Suspension De Mesada Pensional Por Empresa En Concordato. Concedida.
Ver las 12 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.