Sentencia de Tutela8 de mayo de 2000
T-521 de 2000
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Ricardo Mejia Villarreal
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital Y Trabajo. Mora En El Pago De Salarios Y Aportes En Salud. Comoderna S.A. Concedida Parcialmente.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
- Pluralidad de demandados
Derecho Al Minimo Vital Del Trabajador
- Pago oportuno de salarios
Proceso Concordatario
- Pago preferente de acreencias laborales
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (9 puntos)
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida el 2 de noviembre de 1999 por la Sala Civil del Tribunal Superior de Barranquilla, en cuanto tuteló el derecho a la vida y a la salud de la menor Marlex Mejía Gutiérrez. REVOCAR, en todo lo demás.
- CONCEDER la tutela respecto de la empresa Comercial Moderna S.A., Fondo de Pensiones del Seguro Social y Fondo Administrador de Cesantías PORVENIR S.A., y negarla respecto de las otras entidades demandadas.
- Segundo. TUTELAR el derecho fundamental al trabajo del señor Ricardo Mejía Villarreal. ORDENAR a la empresa Comercial Moderna S.A., que en el plazo de un (1) mes, contado a partir de la notificación de la presente sentencia, en la medida en que lo permitan la liquidez y el flujo de caja de la empresa dentro del proceso concordatario, cancele de manera preferente a las demás acreencias, los salarios adeudados al señor Ricardo Mejía Villarreal, ya que ellas, dado su carácter laboral, constituyen una obligación con cargo a los gastos de administración de dicho proceso.
- A fin de garantizar el pago futuro de los salarios del actor, la empresa COMODERNA S.A., deberá tomar las previsiones correspondientes que aseguren dichos pagos, dentro de las normas del proceso concordatorio respectivo.
- Tercero. TUTELAR el derecho a la vida de la menor Marlex Mejía Gutiérrez, para lo cual se ORDENA a COMODERNA S.A., asumir de forma inmediata, la prestación del servicio médico requerido por la menor, asumiendo todos los gastos, médicos, quirúrgicos, hospitalarios y farmacéuticos que dicha menor requiera.
- Cuarto. ORDENAR al Fondo de Pensiones del Seguro Social y al Fondo Administrador Cesantías de PORVENIR S.A., para que en el término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de la presente sentencia, procedan a iniciar las actuaciones pertinentes a fin de hacer valer sus acreencias dentro del proceso concordatario iniciado a la empresa COMODERNA S.A., acreencias representadas en los aportes a pensión y cesantías del actor.
- Quinto. Con el fin de garantizar la protección de los derechos preferentes del actor, se ordenará a la Superintendencia de Sociedades, que verifique que en el trámite del proceso concordatario tenga plena efectividad el pago preferente y oportuno de las acreencias laborales y del pago de los aportes de seguridad social y subsidio familiar del actor y su familia.
- Sexto. COMPULSAR copias de la presente sentencia a la Superintendencia de Sociedades para el cumplimiento de lo aquí dispuesto, y ala Fiscalía General de la Nación para que se investigue lo relacionado con la disposición de recursos parafiscales.
- Séptimo. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a8
T-980/99Der A La Vida Der Al Minimo Vital Seguridad Social Trabajo Ders De Los Niños.Comoderna En Proceso Concordatario No Cancela Aportes Pension Salud Cesantia Subsidio Familiar. Concedida.T-733/99Derecho Al Trabajo. Pago Salarios Icobordado. Concedida.T-075/99Der. Al Minimo Vital. Pago De Mesadas Atrasadas. Indexacion. Conmutacion Pensional. Croydon S.A. Concedida.T-658/98Der. A La Seguridad Social. Der. Al Minimo Vital. Der. A La Igualdad. Pagos De Pension Por Empresa En Concordato. Croydon S.A. Concedida.SU.430/98Solicitud De Pension De Vejez. Ders. Adquiridos. Mora Del Patrono En Aportes. Caxdac. Concedida.T-528/97Der. A La Seguridad Social. Der. A La Igualdad. Pago Preferente De Mesadas Pensionales. Concedida.
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