Sentencia de Tutela4 de julio de 2001
T-692 de 2001
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Pedro Emilio Gomez Vs. Ministerio De Salud Y Otros
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Vida Igualdad Y Pago Oportuno De Mesadas Pensionales. Procedencia Excepcional De La Tutela Por Afectacion Al Minimo Vital. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho Al Minimo Vital Del Pensionado
- Pago oportuno de mesadas
Empleador
- Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer pago de mesadas pensionales
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de mesadas pensionales
Derecho Al Minimo Vital
- Prueba de la amenaza
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. Revocar la sentencia del 5 de enero de 2001 proferida por el Juzgado 83 Penal Municipal de Bogota, por la cual se nego la proteccion suplicada dentro de la accion de tutela instaurada por el senor Pedro Emilio Gomez. En su lugar se tutelan los derechos invocados por el peticionario.
- SEGUNDO. Ordenar al Hospital San Juan de Dios pagarle al senor Pedro Emilio Gomez el valor de las mesadas adeudadas, dentro de los diez dias siguientes a la notificacion de esta providencia. Advirtiendole a la entidad que en adelante debera continuar pagandole al actor las mesadas de manera oportuna e ininterrumpida.
- TERCERO. Librese por Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a8
T-368/01Derechos Al Trabajo Minimo Vital Y Seguridad Social. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Carga De La Prueba. Concedida.T-184/01Derechos A Una Vida Digna Subsistencia Y Trabajo. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Bono Pensional. Concedida.T-259/99Der. Al Trabajo Y A La Seguridad Social. Suspension De Pago De Salarios. Universidad Del Valle. Concedida.T-077/95Der. De Posesion. Medio De Defensa Judicial. Inexistencia De Perjuicio Irremediable. Negada.T-456/94Reajuste Especial De La Pension A Los Congresistas. Der. A La Igualdad. Tutela Transitoria. Concedida.T-347/94Revocacion De Un Acto Adtivo. Tutela Transitoria Por Suspension Del Pago De Pension De Vejez. I.S.S. Concedida.
Ver las 8 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.