Sentencia de Tutela29 de junio de 2001
T-688 de 2001
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Fernando Valencia Otalvaro Vs. Universidad Del Valle Y Otros.
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Vida Minimo Vital Dignidad Familiar Y Pension. Solicitud De Pago Oportuno De Mesadas Pensionales. Proteccion A La Tercera Edad. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de mesadas pensionales
Derecho Al Minimo Vital Del Pensionado
- Pago oportuno de mesadas
Empleador
- Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer pago de mesadas pensionales
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia, del 23 de enero de 2001. En su lugar, CONCEDER la proteccion solicitada por el senor Fernando Valencia Otalvaro.
- Segundo. ORDENAR al Rector de la Universidad del Valle, que en el termino de un (1) mes contado a partir de la notificacion de la presente providencia, si ya no lo hubiere hecho, proceda a cancelar la totalidad de las mesadas pensionales adeudadas al demandante, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestal para ello. En caso contrario, dentro del mismo tiempo, debera agotar las acciones que le permitan atender con lo ordenado.
- Para tal efecto, el Gobierno Nacional, a traves del Ministerio de Hacienda y Credito Publico, asi como la Administracion Departamental del Valle del Cauca, deberan, si ya no lo hubieren hecho, proceder a realizar las transferencias de recursos que son de su responsabilidad, dentro de un plazo no mayor a tres (3) meses siempre y cuando exista la disponibilidad presupuestal para ello. Si no la hubiere, deberan adelantar las gestiones pertinentes para obtener las disponibilidades presupuestales necesarias para dicho pago, ademas de continuar las acciones y politicas dirigidas a resolver los problemas estructurales de la Universidad del Valle, para permitirle a esa Institucion obtener los recursos que le posibiliten cumplir con sus obligaciones laborales.
- El Rector de la Universidad del Valle respondera personalmente por el cumplimiento exacto y oportuno de este fallo, bajo el apremio de las sanciones previstas por el articulo 52 del decreto 2591 de 1991.
- Tercero. PREVENIR a la Universidad del Valle para que en el futuro evite incurrir en las omisiones que generaron la instauracion de la presente accion de tutela.
- Cuarto. Por Secretaria General, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a10
T-324/01Derechos A La Igualdad Trabajo Minimo Vital Y Debido Proceso. Via De Hecho. Tutela Contra Providencias Judiciales. Discriminacion. Cargo Funciones Y Escalafonamiento En Carrera Administrativa. Juridicidad De Las Actuaciones Y Decisiones. Negada.T-237/01Derecho Al Minimo Vital Y Seguridad Social. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Concedida.T-206/01Derecho Al Minimo Vital. Omision En El Pago Oportuno De Mesadas Pensionales. Concedida.T-677/00Derecho Al Minimo Vital Y Seguridad Social. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Universidad Del Valle. Concedida.T-514/00Derecho Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Concedida.T-126/00Tutela de 2000
Ver las 10 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.