T-651 de 2007
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Mauricio Arango Ospina Vs. Instituto De Ciencias De La Salud Ces
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Violación por traspasar límites de proporcionalidad e igualdad
- Garantía del debido proceso
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la educacion y al debido proceso de estudiante de medicina a quien le fue adelantado proceso disciplinario por haber atentado contra el orden de la institucion durante las fiestas universitarias y le fue cancelada la matricula y expulsado de la institucion por veinte años decision que fue confirmada por el consejo superior del ces `por considerar que en su caso hubo una ausencia de analisis objetivo de los elementos que dieron origen a los hechos de la investigacion y sancion desproporcionada.solicita se revoque la decision de cancelacion de la matricula y se le imponga como en otros casos por hechos similares la matricula condicional permitiendosele su matricula.el debido proceso en las actuaciones disciplinarias en las instituciones educativas.
Resulta ilegitima la decision tomada por una institucion educativa que carezca de justificacion objetiva y sea desproporcionada.
Ningun motivo pruede invocarse para justificar la adopcion de medidas sancionatorias fundadas en el simple arbitrio de la direccion universitaria por mas autonomia que a esta corresponda.
En el presente caso es evidente la ausencia de motivacion en cuanto a la clase y tiempo de sancion.concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR el fallo proferido por el Juzgado Once Penal del Circuito de Medellin el 5 de marzo de 2007, que a su turno confirmo, en su parte resolutiva, el dictado por el Juzgado Decimosexto Penal Municipal de Medellin el 26 de enero del mismo ano, concediendo el amparo solicitado.
- Segundo. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.