Micelio
Sentencia de Tutela16 de junio de 2005

T-636 de 2005

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Deyanira Orjuela Sánchez Vs. Famisanar

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Licencia De Maternidad
  • Pago por tutela cuando afecta el mínimo vital de la madre y su hijo
  • Pago por allanamiento a la mora por EPS
Derecho A La Maternidad
  • Protección especial a la mujer
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud la igualdad la seguridad social y al minimo vital de afiliada cotizante a qwuien la entidad se nenga a reconocerle yn pagarle la licencia de maternidad aduciendo incumplimiento de las semanas minimas de cotización y la extemporaneidad de los pagos efectuados por el empleador.

Solicita se ordene el reconocimiento y pago de la licencia de maternidad.

La licencia de maternidad y su especial proteccion constitucional.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la Sentencia del 7 de marzo de 2005 proferida por el Juzgado Treinta Penal de Circuito de Bogota, por las consideraciones expuestas en esta providencia.
  2. SEGUNDO. TUTELAR los derechos fundamentales a la salud, a la igualdad, a la seguridad social y al minimo vital de la accionante Deyanira Orjuela Sanchez y, en consecuencia, ORDENAR a la EPS Famisanar, que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de esta sentencia, proceda a pagar a la accionante el valor de la licencia de maternidad que le corresponde.
  3. TERCERO. Por Secretaria, librense la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.