Micelio
Sentencia de Tutela16 de junio de 2005

T-636 de 2005

Ponente Rodrigo Escobar Gil

✓Demandante Deyanira Orjuela Sánchez Vs. Famisanar

01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Licencia De Maternidad
  • Pago por tutela cuando afecta el mínimo vital de la madre y su hijo
  • Pago por allanamiento a la mora por EPS
Derecho A La Maternidad
  • Protección especial a la mujer
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud la igualdad la seguridad social y al minimo vital de afiliada cotizante a qwuien la entidad se nenga a reconocerle yn pagarle la licencia de maternidad aduciendo incumplimiento de las semanas minimas de cotización y la extemporaneidad de los pagos efectuados por el empleador.

Solicita se ordene el reconocimiento y pago de la licencia de maternidad.

La licencia de maternidad y su especial proteccion constitucional.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la Sentencia del 7 de marzo de 2005 proferida por el Juzgado Treinta Penal de Circuito de Bogota, por las consideraciones expuestas en esta providencia.
  2. SEGUNDO. TUTELAR los derechos fundamentales a la salud, a la igualdad, a la seguridad social y al minimo vital de la accionante Deyanira Orjuela Sanchez y, en consecuencia, ORDENAR a la EPS Famisanar, que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de esta sentencia, proceda a pagar a la accionante el valor de la licencia de maternidad que le corresponde.
  3. TERCERO. Por Secretaria, librense la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.