Micelio
Sentencia de Tutela4 de agosto de 2014

T-572B de 2014

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Gabriel Corrales Lopez·Demandado Registraduria Nacional Del Estado Civil

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado
  • Caso en que accionante presentó renuncia irrevocable al cargo, después de haberse efectuado traslado laboral
Ius Variandi
  • Traslados en planta de personal global y flexible
4 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En este caso se aduce que la Registraduría Nacional del Estado Civil vulneró los derechos fundamentales al debido proceso, al trabajo, a la igualdad, a la salud y a la unidad familiar, al trasladar al actor de la Delegación Departamental de Córdoba a la del Guaviare, alejándolo de su núcleo familiar e impidiéndole tratar médicamente los padecimientos de salud que lo aquejan.

En sede de revisión la Sala constató que, en cumplimiento a lo ordenado por el juez de primera instancia, el demandante fue trasladado de la Delegación Departamental de Guaviare a la de Sucre y, que posteriormente, presentó renuncia irrevocable al cargo que desempeñaba.

Las anteriores circunstancias generaron que se presentara una carencia actual de objeto por hecho superado respecto de las circunstancias que motivaron la acción de tutela.

Se confirmó la decisión de instancia que NEGÓ el amparo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Penal, Sala de Decision de Tutelas Ndeg1, por las razones expuestas en la presente providencia.
  2. Segundo. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.