Providencias que cita
T-569/15 invoca estas providencias en su argumentación. · 60 en total.
Volver a la ficha de T-569/15Ley 90 De 1946. Art. 36. Seguro Social Obligatorio. Instituto Colombiano De Seguros Sociales. Prescripcion. Accion De Reconocimiento Pensional. 4 Años. Prestaciones Subsidio Y Pension Reconocida. 1 Año. Renunciabilidad E Imprescriptibilidad De La Pension.
Ley 797 De 2003. Arts. 11 17 18 21 22 Y 23. Reforma Sistema General De Pensiones. Ley 100 De 1993. Regimenes Pensionales Exceptuados Y Especiales. Requisitos Para Obtener Pension De Invalidez Y Vejez. Edad Y Años De Servicio. Garantia Derechos Adquiridos.
Derecho Al Debido Proceso Y Seguridad Social Empleado De La Rama Judicial. Via De Hecho. Reconocimiento Pension De Jubilacion. Tramite Bono Pensional. Regimen De Transicion. Sumatoria Y Equivalencia Tiempo De Servicio Por Publicacion De Libros. Concedida.
Derecho A La Salud Seguridad Social Vida Y Minimo Vital. Solicitud De Reconocimiento De Pension De Invalidez. Perjuicio Irremediable. Concedida.
Derecho A La Igualdad. Solicitud Incremento De Mesadas Pensionales. Tutela Como Mecanismo Transitorio. Perjuicio Irremediable Y Sujetos De Especial Proteccion. Concepcion Dual. Especial Proteccion A Personas De Tercera Edad. Negada.
Der. A La Vida Y A La Salud. Der. Al Trabajo. Mora En El Pago De Salarios. Dasalud. Concedida
Dec. 2728/68. Art. 10 Prescripcion De Las Prestaciones Sociales. Exequible.
Ley 116/28. Art. 2 Parcial. Prescripcion De Las Pensiones. Inexequible.
Der. Al Minimo Vital. Der. A La Igualdad. Tutela Transitoria. Sustitucion Pensional Vitalicia. Concedida.
Ley 100/93. Arts 11 Y 36 Parciales. Y 288. Campo De Aplicacion. Regimen De Transicion. Exequibles E Inexequibles.