Sentencia de Tutela4 de junio de 2004
T-565 de 2004
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Walter Alirio Gallo Muñoz Vs. Datacredito
✓
Tema · dato duro
Derecho De Habeas Data. Solicitud Actualizacion Informacion Financiera Por Mora. Pago Voluntario. Caducidad Del Dato Negativo. Terminacion Contrato Servicio De Telefonia Celular. Comcel. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Banco De Datos
- Veracidad y exactitud de la información
- Actualización de registros
- Límite temporal de datos negativos
- Mantenimiento del reporte por el tiempo equivalente al doble del periodo que duró la mora
Base De Datos
- Información exclusiva sobre actividad comercial y financiera
Caducidad Del Dato
- Límite temporal
Habeas Data
- Alcance
4 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. CONFIRMAR, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia, el fallo proferido por el Juzgado
- Segundo. Penal Municipal de Rionegro el 9 de Octubre de 2003, dentro de la acción de tutela instaurada por el señor Walter Alirio Gallo Muñoz, en contra de DATACREDITO.
- Segundo. SE ORDENA a DATACRÉDITO que, de no haberlo hecho ya, en el término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de esta providencia, actualice los datos negativos existentes en su base de datos sobre la mora en que incurrió el señor Walter Alirio Gallo Muñoz frente a COMCEL S.A. durante los meses de febrero a mayo de 2001, puesto que a la fecha ya ha transcurrido el término constitucional de caducidad de ese dato financiero.
- Tercero. Por Secretaria General, líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Cuarto. Para garantizar la efectividad de la acción de tutela, el Juez
- Segundo. Penal Municipal de Rionegro notificará esta sentencia dentro del término de cinco días después de haber recibido la comunicación, de conformidad con el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a3
T-049/04Derechos A La Intimidad Buen Nombre Y Habeas Data De Deudor Tarjeta De Credito. Actualizacion Y Permanencia Informacion Financiera Negativa. Administracion Y Caducidad De Datos Personales. Efecto Juridico De Decisiones Judiciales. Cosa Juzgada ConstitucioT-094/95Habeas Data. Informacion Financiera. Caducidad Del Dato. Cancelacion De Cuenta Corriente Por Mal Manejo. Negada.SU.082/95Habeas Data. Limite Temporal De La Informacion. Plazo De Permanencia De Los Deudores Morosos En Las Listas Negras. Concedida Parcialmente.
Citada por7
T-184/23Acción De Tutela En Actuación De Responsabilidad Fiscal-Vulneración Del Derecho Al Debido Proceso Y Defensa Por Negar Información Y Limitar El Acceso Al Expediente A Los Sujetos Procesales.C-282/21Proyecto De Ley Estatutaria Borron Y Cuenta NuevaT-798/07Tutela de 2007T-684/06Tutela de 2006A. 330/06Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-1319/05 Por Considerar Que Tanto Esta Como La Sentencia T-482 De 2004 Constituyen Un Cambio Arbitrario Y Tacito De Precedente Sentado Por La Corte Constitucionasl. Respecto De La Caducidad Del Dato Negativo Ante Las Centrales De Riesgos. La Jurisprudencia Respecto A La Nulidad De Las Sentencias De La Corte. Alcance De La Causal De Nulidad De Desconocimiento De Jurisprudencia. Maneras En Que Puede Ser Comprendida La Causal De Desconocimiento De Jurisprudencia. Procedibilidad De La Solicitud De Nulidad De La Sentencias De Tutelas Proferidas Por Las Salas De Revision: Requisitos Esenciales. En La Sentencia T-1319 De 2005 No Se Incurrio En La Causal De Nulidad De Desconocimiento De La Jurisprudencia Fijada Por La Sala Plena. NegadaT-1319/05Tutela de 2005
Ver las 7 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.