Micelio
Sentencia de Tutela18 de julio de 2006

T-563 de 2006

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Margarita Ospina Garcia Vs. Liceo Julio Cesar Garcia

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho De Peticion
  • Alcance
  • Institución no respondió solicitud de copia de documento sobre terminación de contrato de prestación de servicio educativo
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho de peticion de madre de estudiante a quien por usar el cabello largo y una bufanda que supuestamente no era la apropiada para el uniforme las directivas de la institucion educativa decidieron no aceptarlo para cursar el grado once y se han negado a expedirle copia del oficio en el que se indica la negativa del cupo.

Solicita se ordene expedir copia del oficio con el que se le niega el cupo a su hijo para cursar el grado once y en consecuencia se le notifica la terminacion del contrato de cooperacion educativa a su hijo.

Alcance del derecho de peticion.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia del trece (13) de febrero de 2006 proferida por el Juzgado
  2. Septimo. Civil Municipal de Bogota por las razones expuestas en la parte motiva del presente fallo. En su lugar CONCEDER la tutela interpuesta por la senora Margarita Ospina Garcia por el derecho de peticion.
  3. Segundo. ORDENAR al Liceo Julio Cesar Garcia, que si aun no lo ha hecho, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, notifique la respuesta de la peticion elevada por la senora Margarita Ospina Garcia el dia 29 de noviembre de 2005.
  4. Tercero. LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.