Micelio
Sentencia de Tutela29 de julio de 1999

T-550 de 1999

Ponente Carlos Gaviria Díaz

Demandante Lugencia Suarez

Tema · dato duro
Der. Al Minimo Vital. Der. Al Trabajo. Mora En El Pago De Salarios. Icobordados. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Concordato Preventivo Obligatorio
  • Pago preferente de mesadas pensionales
Derecho A La Vida Digna
  • Pago oportuno de salarios
Doctrina Constitucional
  • Irreflexiva y mecánica aplicación
Jurisdiccion Constitucional
  • No promueve cumplimiento de derechos contractuales o legales
  • No sustituye a los demás órganos en el ejercicio de sus responsabilidades primarias
Acción De Tutela
  • Subsidiariedad
  • Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
  • Procedencia excepcional pago de acreencias laborales no debe mantenerse permanentemente
Derecho Al Minimo Vital
  • Concreción en cada caso por el juez de tutela
Jurisdiccion Laboral
  • Relevo requiere de minucioso análisis sobre eficacia del medio judicial
Medio De Defensa Judicial
  • Examen minucioso sobre idoneidad y eficacia
9 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Bogotá -Sala Laboral- del dieciséis (16) de febrero de mil novecientos noventa y nueve (1999). En su lugar CONFIRMAR la providencia del Juzgado
  2. Quinto. Laboral del Circuito de Santafé de Bogotá, del 16 de enero de la misma anualidad, mediante la cual se concedió el amparo de los derechos fundamentales a la vida, dignidad y el trabajo de la señora Lugencia Suárez.
  3. Segundo. LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoEduardo Cifuentes Muñoz
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.