Sentencia de Tutela15 de mayo de 2000
T-542 de 2000
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante Leyla Rojas De Marroquin
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Departamento Del Huila. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho Al Minimo Vital De Persona De La Tercera Edad
- Pago oportuno de mesadas pensionales
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido en segunda instancia por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, mediante el cual negó la protección solicitada. En su lugar, se confirma la decisión adoptada por la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior de Neiva. Pero el término para el pago total de las mesadas adeudadas y de las nuevas que se hayan causado será de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta Sentencia, con cargo al anticipo contemplado en el parágrafo 6 del artículo 6 de la Ley 549 de 1999.
- Segundo. DAR cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por10
T-102/20Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Persona En Estado De Debilidad Manifiesta Por Razones De Salud Vinculada Mediante Contrato De Obra O Labor Contratada.SU.005/18Principio De La Condicion Mas Beneficiosa En Materia De Pension De Sobrevivientes. Ajuste Jurisprudencial En Cuanto Al Alcance.T-252/17Deber De Proteccion Del Estado Al Adulto Mayor. Acceso Efectivo A Programas Prestacionales Y Asistenciales En Hospital Geriatrico.T-149/16Prelacion Constitucional Del Derecho Al Minimo Vital De Las Personas De La Tercera Edad. Procedencia Excepcional De La Accion De Tutela Para El Pago De Acreencias Laborales.T-025/15Tutela de 2015T-818/09
Ver las 10 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.