Micelio
Sentencia de Tutela11 de julio de 2002

T-527 de 2002

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Maria Nidia Angel De Sanchez Vs. Proteccion S.A. Y Otros

Tema · dato duro
Derechos A La Vida Subsistencia Y Dignidad De Persona De La Tercera Edad. Solicitud Reconocimiento Y Pago Tercera Parte De La Pension Voluntaria De Su Hijo. Via De Hecho. Llamado A Prevencion. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derechos De Persona De La Tercera Edad
  • Protección constitucional especial
Derecho A La Igualdad De Persona De La Tercera Edad
  • No está en capacidad de afrontar un proceso ordinario
Derecho A La Vida Digna
  • Reconocimiento y pago de la tercera parte de pensión de sobrevivientes
Libre Designacion De Beneficiarios
  • Cumplimiento del contrato en que se debe porcentaje de pensión de sobrevivientes
Medio De Defensa Judicial
  • Acceso a porcentaje de pensión voluntaria que el hijo constituye a favor de la madre
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Confirmar la sentencia proferidas por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura el 28 de febrero de 2002, dentro de la accion de tutela instaurada por Maria Nidia Angel de Sanchez en contra de la Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantias Proteccion S.A.
  2. Segundo. Prevenir a la Notaria Cuarta del Circulo de Cali para que adopte las medidas que sean del caso en el tramite sucesoral de JAIME FERNANDO SANCHEZ ANGEL que se adelanta en ese despacho.
  3. Tercero. Ordenar que por Secretaria se de cumplimiento al articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.