Micelio
Sentencia de Tutela20 de junio de 2003

T-507 de 2003

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Maria Herisinda Garzon Pedraza Vs. Administradora De Fondo De Pensiones Y Cesantias Santander S.A.

Tema · dato duro
Derechos A La Vida Seguridad Social Y Peticion De Compañera Permanente. Solicitud Reconocimiento Pension De Sobrevivientes. Respuesta De Fondo. Mora En Pago De Aportes Por Empleador. Pago Extemporaneo De Cotizaciones. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Pension De Sobrevivientes
  • Mora en el pago de los aportes y aceptación del pago extemporáneo de las cotizaciones por Fondo Privado
  • Términos para resolver solicitud
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR los fallos proferidos el 3 de diciembre de 2002 por el Juzgado Sesenta Civil Municipal de Bogotá y del 11 de febrero de 2003 por el Juzgado Dieciséis Civil del Circuito de la misma ciudad. En su lugar, CONCEDER la tutela de sus derechos fundamentales a la vida y la seguridad social.
  2. Segundo. ORDENAR a la Administradora del Fondo de Pensiones y Cesantías Santander S.A., que tan pronto le sea solicitado nuevamente el reconocimiento de pensión de sobrevivientes por parte de la señora María Herisinda Garzón Pedraza, dé, dentro del termino de quince (15) días, una respuesta de fondo sobre la petición de reconocimiento.
  3. Tercero. Por Secretaría General, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.