Micelio
Sentencia de Tutela3 de octubre de 1997

T-497 de 1997

Ponente Carlos Gaviria Díaz

Demandante Leones Catalan Miguel·Demandado Salucoop

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Vida
  • Cubrimiento de tratamiento médico por EPS
Sistema Integral De Seguridad Social En Salud
  • Estado como responsable de garantizarla
Contrato Con Entidad Promotora De Salud
  • Cubrimiento de preexistencias por desconocimiento y no realización de examen
  • Períodos mínimos de cotización para atención médica
Medio De Defensa Judicial Ineficaz
  • Urgencia de tratamiento quirúrgico y hospitalario
Principio De La Buena Fe
  • Atención de enfermedades no incluidas en lista de preexistencias
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud.

Preexistencias.

Periodos minimos de cotizacion como prerrequisito de atencion medica.

Saludcoop e.p.s.

Concedida.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la Sentencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla -Sala de Decisión Civil, Familia- , y, en su lugar, confirmar el fallo proferido en primera instancia por el Juzgado
  2. Noveno. Civil del Circuito de Barranquilla, por medio del cual se tutelaron los derechos fundamentales violados al actor por la EPS, y se ordenó a la demandada, autorizar el tratamiento quirúrgico y hospitalario que requiere el actor, dentro de las 48 horas siguientes al fallo.
  3. Segundo. COMUNICAR el contenido de esta decisión al Juzgado
  4. Noveno. Civil del Circuito de Barranquilla, el cual notificará de la sentencia de esta Corte a las partes de conformidad con el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.