Micelio
Sentencia de Tutela1 de junio de 2006

T-431 de 2006

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Ivan Dario Montoya Osorio Vs. Universidad Industrial De Santander Uis

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Medio De Defensa Judicial Eficaz
  • Reintegro al cargo resulta improcedente
Supresion De Cargos
  • Cargo de libre nombramiento y remoción
4 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso al trabajo al acceso a la administracion de justicia la igualdad y la seguridad social de director de teleuis a quien le fue suprimido el cargo por la modificacion de la estructura organizacional de la universidad mediante acto que considera ilicito.

Solicita se ordene su reintegro y el pago de los salarios y prestaciones dejados de cancelar.

El principio de la autonomía universitaria.

La universidad industrial de santander es una entidad estatal de régimen jurídico especial y autónomo en los términos que indican los artículos 69 y 113 de la constitución nacional precisados por la ley 30 de 1992.

Son sus autoridades el consejo superior como organismo máximo el consejo académico como primera autoridad académica y el rector como representante legal y ejecutor directo de las políticas que definan dichos órganos colegiados.

Es claro que la universidad cuando expidió el acuerdo no 060 de 2.005 atendió al procedimiento que la obligaba y por lo tanto no se vislumbra violación alguna al debido proceso.

Improcedencia del reintegro solicitado por el accionante.

De manera excepcional es procedente la acción de tutela como mecanismo transitorio para ordenar el reintegro en los casos en que es evidente la existencia de un perjuicio irremediable o en los casos en que la desvinculación vulnera gravemente derechos fundamentales como el mínimo vital la salud y la vida en condiciones dignas de una persona sujeto de especial protección o que se encuentre en una condición de debilidad manifiesta.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida el tres de marzo de 2006 del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga que nego el amparo solicitado por el senor Ivan Dario Montoya Osorio.
  2. Segundo. ORDENAR que por Secretaria General se de cumplimiento a lo previsto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.