T-405 de 2005
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Archipielagoâ´s Power And Ligth Co. S.A. V S. Tribunal Superior De San Andres
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Vulneración de derechos fundamentales
- El juez se apartó de la ley
- Aplicación y sujeción a leyes
- Desconocimiento de providencia ejecutoriada del superior
- Debe servir de refuerzo a la legalidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al acceso a la administracion de justicia y al debido proceso de sociedad que presta los servicios de energia electrica en el hotel capri del archipiélago que por no pago de las facturas de varios meses presento demanda ejecutiva pero el tribunal decreto una nulidad sustancial que dejo sin efectos el proceso tramitado a partir del mandamiento de pago por falta de idoneidad del titulo ejecutivo.
Solicita se deje sin valor el auto proferido por el tribunal y se ordene a la corporacion resolver el recurso interpuesto.
La sujecion de los jueces a la ley es un presupuesto para el cabal cumplimiento de la funcion de administrar justicia.
Una decision en la que el juez se aparte de la ley no solo despoja de legitimidad a su decision sino que sorprende a las partes interesadas al tomar decisiones sin sustrato legal.
A los jueces como funcionarios de segunda instancia no les es posible extender sus pronunciamientos de manera oficiosa a puntos de debate que no han sido planteados por los impugnantes; Ni tampoco declarar una nulidad que no se aviene a las causales taxativamente señaladas en la ley y menos hacerlo en un proceso en que existe ya una sentencia que con valor de cosa juzgada ha decidido el debate sometido a conocimiento de la jurisdiccion.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. Confirmar la sentencia proferida el 27 de mayo de 2004 por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia y revocar la sentencia proferida el 8 de julio de 2004 por la Sala de Casación Laboral de esa Corporación.
- Segundo. Tutelar los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia de la sociedad Archipiélago"s Power and Ligth Co. S.A., en el proceso ejecutivo que promovió contra la sociedad Inversiones Waked y Cía.
- Tercero. Dejar sin efecto la actuación cumplida en ese proceso a partir del auto de 28 de noviembre de 2003, inclusive. Ordenar al Tribunal Superior de San Andrés que en las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este pronunciamiento, resuelva, con estricta sujeción al debido proceso y al derecho al acceso a la administración de justicia, el recurso interpuesto por la sociedad ejecutante contra el auto proferido por el Juzgado
- Primero. Civil de Circuito de San Andrés el 30 de septiembre de 2003.
- Cuarto. DÉSE cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.