T-384 de 2009
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Miguel Arnulfo Lopez Ortega Y Otros·Demandado Municipio De San Marcos (Sucre)
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- En la controversia sobre éstos ha debido interponerse la acción de nulidad y restablecimiento del derecho
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso que un grupo de ciudadanos alegan vulnerados porque la entidad demandada no aplico el articulo 20 de la ley 617 de 2000 a la liquidacion de sus honorarios. <br>dado que no se encontro argumento valido y razonable que justificara la pretermision, por parte de los interesados, en la interposicion de la respectiva accion de nulidad y reestablecimiento del derecho, la tutela fue declarada improcedente. <br>negada <br>
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DECLARAR improcedente la acción de tutela interpuesta por por Miguel Arnulfo López Ortega y otros contra el Municipio de San Marcos (Sucre), por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia. En consecuencia, REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado Promiscuo del Circuito San Marcos - Sucre, el 19 de Diciembre de 2008, dentro de la acción de tutela interpuesta por Miguel Arnulfo López Ortega y otros contra el Municipio de San Marcos (Sucre), por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.
- Segundo. LIBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el Art. 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines allí establecidos.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.