T-365 de 2013
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Anibal De Jesus Diaz Pasos·Demandado Banco Agrario De Colombia Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Caso en que Banco Agrario pagó ayuda humanitaria a desplazado, quien presentó cédula de ciudadanía
- Juez debe verificar que efectivamente cesó la vulneración o amenaza de derechos fundamentales
- Desproporcionalidad al supeditar la entrega de la ayuda a la exhibición de la cédula de ciudadanía original de hologramas
- Juez de instancia y Corte Constitucional deben demostrar que efectivamente se está frente a un hecho superado y será declarado en la parte resolutiva de la sentencia
- Vulneración por Banco Agrario al exigir exhibición de la cédula de ciudadanía original de hologramas para entrega de ayuda humanitaria a personas desplazadas
- Importancia y funciones que cumple
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Pretende el accionante que se ordene al Banco Agrario de Colombia entregarle de manera integral y completa las ayudas humanitarias que se encuentran consignadas a su favor en la entidad, las que no han sido transferidas por no contar con su documento original de identidad.
El Banco accionado adujo que, de conformidad con la normatividad vigente, el único documento de identificación válido para las personas naturales mayores de edad, es la cédula amarilla con hologramas.
En sede de Revisión la Sala constató que al actor se le entregó su documento de identidad y que de manera consecuente, la entidad bancaria le realizó el correspondiente desembolso.
La Sala de Revisión declara la carencia actual de objeto por HECHO SUPERADO y previene al Banco Agrario para que en lo sucesivo se abstenga de negar el pago de la ayuda humanitaria de emergencia a los beneficiarios, cuando tenga suficiente prueba de su identidad.
Igualmente, se le advierte al accionado sobre la obligación de informar a los beneficiarios de la ayudad humanitaria de emergencia la posibilidad de acceder a ella presentando su contraseña, e indicarles las diligencias que deben agotar para tal efecto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DECLARAR la carencia actual de objeto en el asunto de la referencia, por la existencia de un hecho superado. CONFIRMAR la decision del Juzgado
- Sexto. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Medellin en el sentido de tutelar los derechos del accionante, por las razones expuestas en la presente sentencia.
- Segundo. PREVENIR al Banco Agrario de Colombia, para que en lo sucesivo se abstenga de negar el pago de la ayuda humanitaria de emergencia a los beneficiarios cuando tenga suficiente prueba de su identidad, de conformidad con la parte motiva de esta sentencia.
- Tercero. ADVERTIR al Banco Agrario de Colombia, sobre la obligacion de informar a los beneficiarios de la ayuda humanitaria de emergencia la posibilidad de acceder a ella presentando su contrasena e indicandoles las diligencias que deben agotar para tal efecto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.