Sentencia de Tutela30 de agosto de 1993
T-356 de 1993
Ponente Hernando Herrera Vergara
✓Demandante Alejandro Gonzalez
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Seguridad Social. Derecho A La Igualdad. Inclusion En Nomina. Caja Nal De Prevision. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Pension De Jubilacion
- Pago oportuno
5 temas · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, el día veinticinco (25) de marzo de mil novecientos noventa y tres (1993).
- Segundo. CONCEDER la tutela impetrada, en el sentido de ORDENAR a la CAJA NACIONAL DE PREVISION SOCIAL que incluya en nómina de pensionados al señor ALEJANDRO GONZALEZ RIASCOS a fín de que entre a disfrutar efectivamente de la pensión que le fué reconocida.
- Tercero. LIBRENSE por Secretaría las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991 para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a2
Citada por8
T-011/12Tutela de 2012C-849/05Objecion Presidencial De Inconstitucionalidad. Costo Tarjeta Colombiano De Oro Vulnera El Principio De IgualdadT-451/97Der. A La Salud. No Asistencia Medica Porque Patrono No Traslada Los Aportes Obrero Patronales Al Seguro Social. Concedida.T-202/97Tutela Contra Particulares. Mora En Los Aportes Por Parte Del Patrono Al I.S.S. Der. A La Seguridad Social. Der. A La Vida Y Salud. Concedida.T-123/97Der. A La Seguridad Social. Pago Oportuno De Pensiones. Inexistencia De Perjuicio Irremediable. La Mora En El Pago Es Minima. Negada.T-398/96Der. A La Seguridad Social. Der. A La Salud. Der. A La Vida. Mora En Los Aportes A La E.P.S. Unimec. Concedida.
Ver las 8 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.