Sentencia de Tutela29 de abril de 1999
T-280 de 1999
Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Demandante Edyee Saa Carabali
✓
Tema · dato duro
Der. Al Minimo Vital. Der. Al Trabajo. Mora En El Pago De Salarios. Hospital. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho Al Trabajo En Condiciones Dignas Y Justas
- Pago oportuno de salarios
Salario
- Pago previa disponibilidad presupuestal o inicio de diligencias para su consecución
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Segundo. Penal Municipal de Buenaventura de fecha 28 de diciembre de 1998, y en su lugar CONCEDER la tutela de los derechos al trabajo y a la vida, por violación del mínimo vital, del accionante Eydee Saa Carabali.
- Segundo. ORDENAR al Gerente Interventor del Hospital Departamental de Buenaventura que, si todavía no lo ha hecho, proceda, a pagar a la señora Edyee Saa Carabali, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, los salarios atrasados, correspondientes al año de 1998, siempre que exista disponibilidad presupuestal. En caso de insuficiencia de fondos, en el mismo término dispondrá lo conducente para atender con el pago ordenado
- Tercero. PREVENIR al Gerente Interventor del Hospital Departamental de Buenaventura (Valle), para que evite volver a incurrir en las omisiones ilegítimas que originaron el presente proceso, so pena de las sanciones legalmente correspondientes.
- Cuarto. LÍBRENSE por la Secretaría General de esta Corporación, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a13
T-151/99Der. Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Salarios. Concedida.T-103/99Der. Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Salarios. Gobernacion Del Choco. Concedida.T-220/98Procedencia Excepcional De La Tutela Para Pago De Acreencias Laborales. Der. Al Minimo Vital. Retraso En El Pago De Salarios A Docente. Concedida.T-212/98Procedencia Excepcional De La Tutela Para Pago De Acreencias Laborales. Der. Al Minimo Vital. Retraso En El Pago De Salarios A Docente. Concedida.T-210/98Procedencia Excepcional De La Tutela Para Pago De Acreencias Laborales. Der. Al Minimo Vital. Retraso En El Pago De Salarios A Docente. ConcedidaT-529/97Der. A La Vida. Der. Al Trabajo. Seguridad Social. Pago De Acreencias Laborales. Der. Al Minimo Vital. Concedida.
Ver las 13 →Citada por2
T-265/24Derecho Al Trabajo En Condiciones Dignas Y Justas-Amparo Transitorio Al Constatar La Modificación Injustificada De Las Condiciones Laborales. Exceso De La Facultad De Ius Variandi (Niegan La Posibilidad De Teletrabajo).T-074/23Derecho Al Trabajo En Condiciones Dignas Y Justas-Amparo Transitorio Al Constatar La Modificación Injustificada De Las Condiciones Laborales. Exceso De La Facultad De Ius Variandi.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.